¿OC¿ Mazarrón ¿OF¿¿SUC¿ 10259 Aprobación definitiva del Proyecto de Modificación Puntual n.º 1 al Plan Parcial del Sector S-03/17 «La Cañadica». ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de mayo de 2005, aprobó definitivamente el Proyecto de Modificación Puntual n.º 1 al Plan Parcial del Sector S-03/17 «La Cañadica», que se tramita a instancias de don Félix López-Hueso y Bautista, en calidad de secretario de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación n.º 1 del Plan Parcial S-03/17 «La Cañadica»; según proyecto redactado por el arquitecto don Alfonso Molinos Ortega (texto refundido visado el 2-febrero-2005). Contra el citado acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses; sin perjuicio de que, con carácter potestativo, pueda interponerse Recurso de Reposición ante el órgano que lo ha dictado. Mazarrón, a 11 de julio de 2005.¿El Alcalde-Presidente, Francisco Blaya Blaya. A continuación, conforme a lo dispuesto en el art. 124 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992, en relación con el art. 151.2 de la Ley 1/2001, del Suelo en la Región de Murcia, art. 60.2 de la Ley 30/1992 y demás normas de aplicación, se publica el índice de documentos y el texto de la normativa urbanística, en aplicación de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1.985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: «INDICE DE LA MEMORIA 1.0. ANTECEDENTES. 1.0.1. OBJETO. 1.0.2. EL P.G.M.O.U. DE MAZARRON COMO MARCO DE LA ACTUACIÓN 1.0.3. DISPOSICIONES ESPECIFICAS DEL P.G.M. DE MAZARRON PARA EL SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO. 1.0.4. CONTENIDO DE LOS P.P. QUE DESARROLLEN EL P.G.M. DE MAZARRON 1.0.5. EL PLAN PARCIAL DEL SECTOR S-03-17 ES DE INICIATIVA MUNICIPAL. 1.1. MEMORIA INFORMATIVA. 1.1.1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL AMBITO TERRITORIAL DEL SECTOR S-03-17 DEL P.G.M.O.U. DE MAZARRON 1.1.1.1. DESCRIPCIÓN DEL AMBITO DEL SECTOR. 1.1.1.2. CARACTERÍSTICAS NATURALES DEL TERRENO. 1.1.1.2.1. GEOLOGÍA. 1.1.1.2.1.1. Estratigrafía. 1.1.1.2.1.2. Tectónica. 1.1.1.2.1.3. Características geotécnicas. 1.1.1.2.1.4. Características sísmicas. 1.1.1.2.1.5. Características hidrográficas. 1.1.1.2.1.6. Interpretación geotécnica. 1.1.1.2.2. TOPOGRAFÍA 1.1.1.3. CLIMATOLOGÍA 1.1.1.3.1. GENERALIDADES. 1.1.1.3.2. CONDICIONES TERMICAS. 1.1.1.3.3. PRECIPITACIONES. 1.1.1.3.4. VIENTOS. 1.1.1.3.5. ASOLEO. 1.1.1.3.6. RESUMEN. 1.1.1.4. VEGETACIÓN 1.1.2. DESCRIPCIÓN DEL ESTADO ACTUAL EN CUENTO A USOS DEL SUELO EN EL AMBITO TERRITORIAL DEL PLAN PARCIAL 1.1.2.1. GENERALIDADES 1.1.2.2. USOS, EDIFICACIONES E INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES. 1.1.2.2.1. USOS Y EDIFICACIONES ACTUALES DEL SUELO 1.1.2.2.2. INFRAESTRUCTURAS. 1.1.2.3. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD DEL SUELO 1.2. MEMORIA DE LA ORDENACION 1.2.1. JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DEL PLAN. ADECUACION DE LA ORDENACIÓN A LAS DIRECTRICES DE RANGO SUPERIOR. 1.2.2. OBJETIVOS Y CRITERIOS DE 1.2.2.1. CONDICIONES DE LA INFORMACIÓN 1.2.2.2. CONDICIONANTES DEL PLAN GENERAL Y LEY DEL SUELO. 1.2.2.3. CONDICIONANTES DE LA PROMOCION 1.2.2.4. OBJETIVOS DE LA ACTUACIÓN 1.2.2.5. CRITERIOS DE LA ACTUACIÓN 1.2.3. LA ORDENACIÓN. DESCRIPCIÓN, ANÁLISIS Y JUSTIFICACIÓN. 1.2.3.1. LA ORDENACIÓN PROPUESTA. 1.2.3.1.1. RED DE COMUNICACIONES. 1.2.3.1.2. ZONIFICACIÓN 1.2.3.1.3. DIVISIÓN DE POLÍGONOS 1.2.3.1.4. ESTRUCTURA URBANÍSTICA Y SISTEMA INTERIOR DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PUBLICO. 1.2.3.1.5. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS EXIGENCIAS LEGALES. 1.2.3.1.6. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DOTACIONES EXIGIDAS EN EL ANEXO DE RESERVA DE SUELO PARA DOTACIONES EN PLANES PARCIALES DEL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. 1.3. ANEXO A LAS MEMORIA 1.3.1. CUADROS DE CARACTERÍSTICAS SOBRE SUPERFICIE, MODULOS, USOS CUANTIFICADOS, ETC. 1.3.1.1. DESIGNACIÓN DE ZONAS. 1.3.1.2. EDIFICABILIDAD. 1.3.1.3. MAGNITUDES. 1.3.1.4. RESERVAS PARA SISTEMAS GENERALES 1.3.1.5. EQUIPAMIENTOS DE CESION 1.3.1.6. TOTAL PARCELAS DE CESION 1.3.1.7. PARCELAS EDIFICABLES LUCRATIVAS 1.3.1.8. RESUMEN DE PARCELAS LUCRATIVAS 1.3.1.9. RESUMEN GENERAL. 1.3.2. APROVECHAMIENTO TIPO. 1.3.3. APROVECHAMIENTO LUCRATIVO. 1.4. ORDENANZAS REGULADORAS 1.4.1. REGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO. 1.4.1.1. CALIFICACIÓN DEL SUELO 1.4.1.2. ESTUDIOS DE DETALLE 1.4.1.3. PROYECTOS DE URBANIZACIÓN 1.4.1.3.1. RED VIARIA. 1.4.1.3.2. ABASTECIMIENTO DE AGUA 1.4.1.3.3. SANEAMIENTO 1.4.1.3.4. RED DE ENERGIA ELECTRICA 1.4.1.3.5. RED DE ALUMBRADO 1.4.1.3.6. RED DE TELEFONIA 1.5. ORDENANZAS REGULADORAS 1.5.1. ZONA RU. RESIDENCIAL UNIFAMILIAR. 1.5.2. ZONA COMERCIAL 1.5.3. ZONA DE EQUIPAMIENTO SOCIAL. 1.5.4. ZONA DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO. 1.5.5. ZONA DE EQUIPAMIENTO ESCOLAR. 1.5.6. ZONA DE SERVICIOS TÉCNICOS. 1.5.7. ZONA DE ESPACIOS LIBRES. 1.6. SISTEMA DE ACTUACIÓN 1.6.1. GENERALIDADES. 1.7. PLAN DE ETAPAS 1.7.1. ETAPAS DE URBANIZACIÓN 1.7.2. ETAPAS DE EDIFICACIÓN 1.8. ESTUDIO ECONOMICO FINANCIERO 1.8.1. COSTES DE SUELO, INDEMNIZACIONES Y URBANIZACIÓN. 1.4. ORDENANZAS REGULADORAS. 1.4.1.1. CALIFICACIÓN DEL SUELO. El suelo de las fincas comprendidas en el ámbito territorial de este Plan Parcial, está clasificado como «Suelo Urbanizable Programado», al estar comprendido dentro del sector S-03-17 del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Mazarrón. El uso global fijado en dicho sector, por lo tanto de obligado cumplimiento en el ámbito territorial de este Plan Parcial; es el de «residencial». 1.4.1.2. ESTUDIO DE DETALLE. El Plan Parcial se confecciona con la pormenorización suficiente para que una vez redactado, aprobado y realizado el proyecto de urbanización correspondiente, es decir, tengan las parcelas la consideración de solar, se puedan conceder licencias municipales de edificación como actividad reglada. Si bien no se considera preciso el desarrollo del Plan Parcial en Estudios de Detalle, estos podrán formularse con la exclusiva finalidad de: - Adaptar o reajustar las alineaciones y rasantes señaladas en el Plan Parcial. - Ordenar los volúmenes de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Plan Parcial. - Completar, en su caso, la red viaria interior de las parcelas que resultasen necesarias para proporcionar acceso a los edificios cuya ordenación concreta se establezca en el propio Estudio de Detalle. 1.4.1.3. PROYECTOS DE URBANIZACIÓN. El Proyecto o Proyectos de Urbanización que desarrolla el Plan Parcial han de ser proyectos de obras cuya finalidad será llevar a la práctica, en suelo urbanizable programado, comprendido en su ámbito territorial, la realización material del Plan Parcial. Los Proyectos de Urbanización, deberán referirse, al menos, a la totalidad de un Polígono en los que se divide el sector S-03-17 a los efectos de su gestión. Constituirá un instrumento para el desarrollo de las determinaciones en cuanto a las obras de urbanización siguientes: 1.4.1.3.1. RED VIARIA. Además de las características técnicas generales que se indican en el apartado de Normas Urbanísticas, dentro del epígrafe de Normas para la Redacción de Proyectos de Obras de Urbanización, se esta Memoria, se tendrá en cuenta las siguientes secciones viarias tipo: VIAL ANCHO EN M. ACERA APARCAMIENTO CALZADA APARCAMIENTO ACERA T20 3.0 2.0 10.0 2.0 3.0 T16 2.0 - 7.0 4.5 3.0 T14 2.0 - 7.0 2.0 3.0 T12 2.0 - 7.0 3.0 T10 1.5 - 7.0 - 1.5 T9 1.5 - 6.0 - 1.5 1.4.1.3.2. ABASTECIMIENTO DE AGUA: Acometida: Esta conducción será de las dimensiones y características adecuadas para abastecer a este sector. Se realizará en la conducción municipal existente junto a la carretera de la Atalaya. Red interior: Las arterias principales siguen los viales de mayor ancho, el resto de la red se ramifica a efectos de cálculo pero previendo puntos de unión para la formación de mallas cerradas que equilibren presiones y permitan suministros alternativos. Bases de cálculo: La dotación a considerar es de 250 litros/habitante diaria, que incluye tanto los consumos domésticos, como riegos, pérdidas y otros. Para las edificaciones rotacionales se considerará una unidad de consumo equivalente a cada 300 m². de superficie construida en las parcelas de uso deportivo, 350 m² en las parcelas de uso escolar. El coeficiente de punta utilizado es 2,4 lo que equivale a un consumo de la dotación indicada en 10 horas. No se considera necesaria la construcción de un depósito regulador pues la acometida se realiza directamente desde la red municipal. La red de distribución comprende la instalación de un sistema contra incendios. Se tendrá en cuenta un caudal de 500 litros/minuto durante 2 horas con una presión mínima de 10 mca. Los diámetros interiores mínimos serán de 100 mm para la red de distribución y contra incendios y de 80 mm para la red de riegos y ramales secundarios. Dotaciones: El territorio objeto del Plan Parcial es residencial, con locales comerciales y equipamientos para los propios vecinos, no existiendo ninguna manzana o parcela, que permita la construcción de industrias u otro tipo de «instalaciones que haga prever consumos de agua distintos de los usuales. La dotación de agua será de 250 litros diarios por habitante, con un coeficiente punta total por hora y estaciones de 2,4.1 m 6. 1.4.1.3.3. SANEAMIENTO. CARACTERÍSTICAS GENERALES: Por la naturaleza de la obra de urbanización y las circunstancias de colectores municipales exteriores, se prevé un sistema de colectores por gravedad, siguiendo las pendientes naturales del terreno, ya que los viales no alteran sustancialmente la topografía existente. Acometidas: La acometida se realizará en el punto indicado en el plano donde existe suficiente sección para absorber el caudal previsto. La acometida se realizará en el punto mas bajo del sector, en la carretera de Mazarrón­Águilas en la nueva conducción municipal existente. Red interior: Toda la red interior se diseña por gravedad hasta el punto de menor cota, desde allí discurre una tubería de presión hasta el entronque. Bases de cálculo: Se considera una dotación por habitante y día de 250 litros, con un coeficiente de punta de 2,4. Para las dotaciones se considerará una vivienda equivalente cada 150 m² de superficie construida. Características de las redes: Las tuberías de la red se construirán con tubos de hormigón vibrocentrifugado, con junta de goma y sobre lecho de arena, pero siempre siguiendo los criterios de la Ordenanza Municipal de Alcantarillado, procurando que la pendiente de la red se adapte a la del vial por donde discurre, y teniendo un recubrimiento al menos 1 m, sobre la generatriz superior del tubo, para conseguir un cruzamiento fácil por debajo de los servicios restantes de agua potable y media tensión principalmente. 1.4.1.3.4. RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Conexiones con las redes generales: Se realizarán transformando la energía de alta tensión que discurre por las proximidades del Plan Parcial y distribuyéndola en baja a las parcelas resultantes. Tanto las acometidas en alta o media tensión como la posterior distribución en baja, se realizarán de forma subterránea y de conformidad con los Reglamentos y Disposiciones vigentes. Redes de media tensión: La red será mallada con cable subterráneo de media tensión, será al menos de 150 mm² de sección, en aluminio tipo R.S.F-01-3, designación UNE-P3P FJ, que admite una intensidad de 265 Amp. El cable irá ubicado en una zanja de 1,10 m de profundidad y 0,60 m de ancha; en el fondo de la zanja se colocará una capa de arena de 10 cm de espesor, sobre la cual se colocará el cable que cubrirá con otra capa de arena de 15 cm; encima de esta arena, se colocará una hilera de rasilla de tizón y a continuación el relleno seleccionado hasta la cota del acerado; 30 cm por encima de las rasillas, se colocará una cinta de plástico «Atención cables». Los cruces de calzadas se ejecutarán embutiendo el cable en un tubo hormigonado. Centros de Transformación: La instalación eléctrica se situará en celdas prefabricadas tipo FUNTAN-STF 24/2 de dimensiones 2,20 m de alto, 1,03 m de ancho y 1 m de fondo. El número de celdas serán las siguientes, una celda de entrada, otra celda por cada salida, previendo siempre una salida de reserva y una celda por transformador previendo únicamente su ubicación. Los transformadores será de 400 o 630 D.V.A. tipo normalizado por Hidroeléctrica, Española, con primario para 11/20 K.V. y el secundario para una tensión de suministro de 220/380 V. Los puentes de baja tensión de enlace entre los transformadores y los cuadros de salida serán cables unipolares de aluminio de 240 m/m² de sección, con aislamiento y cubierta dé polietileno reticulado. Toda la maquinaria, seccionadores y aparamenta estará conectada a tierra de forma reglamentaria. Redes de Baja Tensión: Las redes de baja tensión estarán formadas por una serie de anillos cerrados que partiendo de los cuadros de baja tensión de transformadores, rodean las distintas manzanas para dar servicio a los cuadros generales de protección situados a la entrada de los edificios, o a los armarios tipo urbanización en las manzanas de dúplex. El suministro será de 380 voltios, en trifásico, estando formado los cables por una terna de fase y6 neutro, con tensiones de 380 voltios entre fases y 220 voltios entre fase y neutro. Bases Genéricas de Cálculo: Las redes eléctricas de baja tensión se calculan como anillos abiertos, capaces de suministrar las potencias demandadas en cada cuadro general de protección o armario tipo urbanización, con una pérdida de potencia inferior a 19 voltios que corresponde al 5 %. La potencia demandada en cada punto de consumo se evaluará en función de las viviendas y locales que de él se suministren aplicando los correspondientes coeficientes de simultaneidad 3,3. La intensidad máxima admisible y potencia que pueden suministrar los conductores de baja tensión son: Sección Intensidad Potencia (m²/m²) (Amperios) (kW) 50 180 107 95 260 154 150 330 195 240 430 255 Para el cálculo de las secciones de conductores se tendrán en cuenta los coeficientes de corrección de las intensidades admisibles, en función del número de haces por zanjas que se proyecten. La potencia de los transformadores se calculará, considerando la suma de potencias de los distintos circuitos de baja tensión que deben ser suministrados, aplicando el correspondiente coeficiente de simultaneidad en función del número de circuitos. El factor de potencia a considerar será de 0,9. Los puentes de baja tensión serán los siguientes: P(KVA) 1 (Amp.) N.º fases N.º neutro 400 610 2x240 1 x240 630 960 3 x 240 2 x 240 En todos los cálculos y diseños se tendrán en consideración el Reglamento de Electricidad para Baja y Media Tensión y las Normas de Hidroeléctrica. 1.4.1.3.5. RED DE ALUMBRADO. Generalidades: Todos los viales y demás espacios de uso público deberán quedar iluminados mediante báculos fijos y luminarias de reducción de flujo, de acuerdo con las recomendaciones para la reducción del consumo energético. La iluminación mínima de los viales será la siguiente: 3,3. Nivel Potencia luminoso Coeficiente instalada Categoría de la vía mínimo uniformidad mínimo máxima Primer orden 25 lux Medio 0,65 3 W/m² General 0,35 Segundo orden 20 lux 0,55 2 W/m² 0,30 Tercer orden 16 lux 0,50 1,5 W/m² Parques, jardines, 20 lux - 1 W/m² paseos La instalación estará prevista con reducción de iluminación y de la potencia consumida a partir de la hora que determine la Ley; la potencia en funcionamiento durante las horas de reducción, estará comprendida entre el 50 y el 60% del total. Clasificación viaria: Los espacios públicos que precisamos iluminar los podemos clasificar en tres grupos: - Calzadas para el tráfico rodado. - Vías peatonales y paseos. - Espacios libres. Podemos prever que el tráfico rodado que circule por las calles del territorio tendrá un carácter estrictamente local, clasificándose los viales como secundarios. Niveles de iluminación: Los niveles de iluminación mínimo, deben de ser similares a los existentes en otros 33 barrios y pedanías de Mazarrón, por consiguiente fijamos estos niveles en los siguientes: Calles de tráfico rodado: 25-16 Lux. Vías peatonales: 10 Lux. Espacios libres 1: 0 Lux. En cuanto a los espacios libres, no es necesario una iluminación de gran uniformidad, admitiéndose zonas de baja iluminación en los espacios menos utilizados, aunque suficiente para garantizar la seguridad del tránsito de peatones. Será preciso estudiar la distribución y tipo de arbolado para que no exista un desaprovechamiento del flujo luminoso sobre los pavimentos. En este tipo de alumbrado es preciso debido al gran coste de la potencia instalada y posterior consumo, que se fije unos máximos de potencia instalada que fijamos en los siguientes valores: Calles de tráfico rodado: 3 - 1,5 W/m². Vías peatonales: 1 W/m². Espacios libres: 1 W/ m². Situación Centros de Maniobra: Los cuadros de protección y medidas dé alumbrado público, se instalarán en las fachadas de los centros de transformación, de la forma usual al resto de las instalaciones de este tipo de la ciudad. Constarán de dos armarios: uno, para los contadores de activa y reactiva, y protección general, y otro armario de maniobra del alumbrado público. El cuadro de maniobra será para dar servicio a dos circuitos de alumbrado permanente y reducido, en sus modalidades de manual y automático, para lo cual dispondrá de reloj programable y célula fotoeléctrica, protegido todas las fases y circuito con sus correspondientes fusibles e interruptores magnetotérmicos. Características de las redes: El alumbrado público estará formado por las correspondientes redes y puntos de alumbrado. Las redes serán subterráneas, formadas por canalizaciones de plástico corrugado protegidos de hormigón, con las secciones tipo en aceras y cruces de calzadas que fija el reglamento de baja tensión. Los conductores serán de cobre electrolítico para 1000 voltios con aislamiento y cubierta de P.V.C.; el suministro será trifásico a 380 voltios, conectando cada punto de luz entre fase y neutro compensando las fases. La sección mínima será de 6 m/m². El cálculo de las secciones necesarias se hará para no sobrepasar las caídas máximas de tensión admisibles, aunque se comprobará la intensidad máxima admisible por los conductores. Se colocarán arquetas de hormigón prefabricada en cambios de alineación y cruces de calzadas, donde se preverá un tubo de reserva. Los báculos serán de chapa galvanizada de al menos 3 m/m de espesor, conectados a tierra individualmente con picas de 2 m de longitud y 16 m/m de diámetro y cable de cobre desnudo de 35 m/m². Las luminarias de los viales de tráfico rodado serán cerradas con lámparas de sodio de alta tensión y potencia adecuada para conseguir la iluminación exigida Los paseos y espacios libres se iluminarán con globos e policarbonatos situados sobre columnas de 4 m de altura. En los cálculos y diseño del alumbrado público, se seguirán las especificaciones del Reglamento de Baja Tensión y las normas y características para este tipo de instalaciones del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón. 1.4.1.3.6. RED DE TELEFONÍA. Generalidades: Se prevé, en principio, una derivación desde la red existente, no obstante el trazado definitivo quedará a expensas de la programación de la Compañía Telefónica Nacional de España. Características de las redes: Las redes de telefonía, serán del tipo subterráneo, no admitiéndose postes en la vía pública o cruces aéreos, no obstante se admitirá en las fachadas las cajas de distribución y las acometidas domiciliarias. En las manzanas de bajo número de líneas telefónicas, tales como centro de EGB, Guardería, polideportivo, etc, se admitirá la acometida aérea. Las canalizaciones serán tubos de P.V.C. hormigonados, con las secciones tipo y disposición de los tubos normalizados por Telefónica. Las cámaras y arquetas de registro serán de hormigón armado igualmente normalizadas. 1.5. ORDENANZAS REGULADORAS 1.5.1. ZONA RU. RESIDENCIAL UNIFAMILIAR. USO GENÉRICO: RESIDENCIAL Parcela mínima: 220 m². Ancho mínimo fachada: 12 m. En proyectos unitarios de edificación que abarquen manzanas completas o parte de las mismas, no será necesarios cumplir las condiciones de parcela ni faenada para cada una de las viviendas resultantes. Edifícabilidad máxima: 0,58 m²/m². Altura máxima: 3 plantas (10 m) ocupando la tercera planta el 50% como máximo de la superficie ocupable. Ocupación máxima: 70% de la superficie del solar. Retranqueos: 3 m desde la fachada se destinarán a jardín. Garajes: Podrán adosarse a los linderos laterales. Aparcamientos mínimos: 1 cada vivienda. Una cochera de máximo 30 m² por viviendas no consume edificabilidad. USOS O ACTIVIDADES: Usos compatibles: - Equipamientos Básicos. Usos incompatibles: - Industrial. - Equipamiento Recreativo. 1.5.2. ZONA COMERCIAL. USO GENÉRICO: Comercial - Edificabilidad máxima: 0,58 m²m². - Altura máxima: 2 plantas (7 m). - Ocupación máxima: 58% de la superficie del solar. - Tipologías características: Equipamiento. USOS O ACTIVIDADES: - Uso comercial. Usos compatibles: - Industrial. - Residencial P. piso. 1.5.3. ZONA DE EQUIPAMIENTO SOCIAL. USO GENÉRICO: Equipamiento. - Edificabilidad máxima: 2 m²/m². - Altura máxima: 3 plantas (10 m) ocupando la tercera planta el 50% como máximo de la superficie ocupable. - Ocupación máxima: 100% de la superficie del solar. - Tipologías características: Equipamiento. USOS O ACTIVIDADES: Usos compatibles: - Social. - Sanitario. - Administrativo. Usos incompatibles: - Industrial. - Equipamiento Recreativo Abierto. 1.5.4. ZONA DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO. USO GENÉRICO: Equipamiento. - Edificabilidad máxima: 0,60 m²/m². - Altura máxima: 9 m. - Ocupación máxima: 60% de la superficie del solar. - Tipologías características: Equipamiento Básico Intensivo. USOS O ACTIVIDADES: Usos compatibles: - Equipamiento básico extensivo, equipamiento básico docente, terciario o recreativo cerrado complementario al principal. Usos incompatibles: - Residencial. - Industrial. - Equipamiento Recreativo Abierto. 1.5.5. ZONA DE EQUIPAMIENTO ESCOLAR. USO GENÉRICO: Equipamiento Docente. - Edificabilidad máxima: 0,7 m²/m². - Altura máxima: 2 plantas (7 m). - Ocupación máxima: 50% de la superficie del solar. - Tipologías características: Equipamiento. USOS O ACTIVIDADES: Usos compatibles: Equipamiento básico extensivo. Equipamiento básico intensivo complementario del principal. Usos incompatibles: - Residencial. - Industrial. - Equipamiento Recreativo. 1.5.6. ZONA DE SERVICIOS TÉCNICOS. USO GENÉRICO: Servicios técnicos que constituyen las infraestructuras, básicas de la urbanización. - Edificabilidad máxima: 1 m²/m² - Altura. - Altura máxima: 1 planta (3 m). Ocupación máxima: 100% de la superficie del solar. - Tipologías características: Equipamiento. USOS O ACTIVIDADES: Usos compatibles: - Aquellos usos complementarios del principal necesarios para el buen funcionamiento de la instalación o infraestructura que se autorice. Usos incompatibles: - Residencial. - Industrial. - Equipamiento. 1.5.7. ZONA DE ESPACIOS LIBRES. USO GENÉRICO: Espacios libres de uso público. En estas zonas se prohibe cualquier tipo de edificación o privatización, debiendo ordenarse de acuerdo a lo estipulado en el Plan General de Mazarrón. ¿TXF¿ ¿¿