¿OC¿ Mazarrón ¿OF¿¿SUC¿ 3476 Convenio Urbanístico entre el M.I. Ayuntamiento de Mazarrón y la empresa Rents and Foods, S.A. ¿SUF¿¿TXC¿ Por la Alcaldía Presidencia de este Ayuntamiento se ha celebrado el 17 de enero de 2003 el Convenio Urbanístico entre el M.I. Ayuntamiento de Mazarrón y la empresa Rents And Foods, S.A., lo que se hace publico de conformidad con el art. 158 de la Ley 1/2001, del Suelo de la Región de Murcia. Convenio Urbanístico entre el Ayuntamiento de Mazarrón y Rents and Foods, S.A. En Mazarrón, 17 de enero de dos mil tres, Reunidos De una parte, Don José de la Cruz Sánchez Navarro, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Mazarrón. y, Don Cristóbal Moya López, en su calidad de Secretario accidental del Ayuntamiento de Mazarrón, que dá fe pública del contenido de presente Convenio. Y de otra, Don Benito Gómez Fernández, mayor de edad, provisto de D.N.I. núm. 22915442-J y vecino de San Javier, calle Alcántara núm. 2, 3.º. Intervienen Don José de la Cruz Sánchez Navarro, en su calidad de Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Mazarrón. Don Benito Gómez Fernández, como Administrador Único de Rents and Foods, S.L., con domicilio social en Avda. del Recuerdo, s/n 1.ª planta, puerta 1 de San Javier (Murcia), según escritura de elevación a público de Acuerdos Sociales, otorgada el día 24 de abril de 2001 ante doña Maria Teresa Navarro Morell, Notario de Cartagena, que se acompaña al presente Convenio por copia compulsada. Asevera don Benito Gómez Fernández, la vigencia de sus facultades. Exponen 1.º) Que Rents and Foods, S.L., es titular del pleno dominio de una finca sita en paraje de la Hoya de San Rafael y los Caleñares, de este término municipal. 2.º) Que la citada finca compone en exclusiva la unidad de actuación U-02/25-B, cuyo proyecto de reparcelación y programa de actuación se encuentra actualmente en fase de aprobación, en los que se contempla que Rents and Foods, S.L., deberá ceder al Ayuntamiento el diez por ciento del aprovechamiento urbanístico o sustituir este por su compensación económica, estimada en 150.318,49 euros, según informe técnico de valoración emitido por el arquitecto municipal, D. Juan A. Senín Álvarez . 3.º) Que el Ayuntamiento de Mazarrón precisa un local donde albergar las oficinas municipales que tiene establecidas en el núcleo de población de Puerto de Mazarrón, ya que en la ubicación actual se encuentra el consultorio médico de dicho núcleo, el cual necesita ampliarse debido al aumento de la población a la que presta asistencia médica. 4.º) Que Rents and Foods, S.L., tiene proyectada la construcción de diferentes locales sobre la parcela anteriormente descrita. 5.º) Que es voluntad del Ayuntamiento, formalizada en el presente Convenio, adquirir un local, con una superficie de 238,20 metros cuadrados, el cual se destinará a oficinas municipales al servicio de la población del Municipio. En consecuencia, y tras la oportuna negociación y acuerdo entre las partes, éstas convienen en formalizar los compromisos correspondientes conforme a las siguientes, Estipulaciones Primera. Rents and Foods, S.A., se compromete mediante el presente acto a ceder al Ayuntamiento de Mazarrón la propiedad, en el plazo de cuatro meses del presente, un local situado en carretera de Mazarrón a Puerto, paraje de la Hoya de San Rafael y Caleñares de 238,20 metros cuadrados, totalmente terminado, libre de cargas y arrendamientos e inscrito en el registro de la propiedad, con las características técnicas señaladas en el anexo I del presente convenio, que forma parte del mismo. En garantía de la citada obligación Rents and Foods, S.A., ha depositado en la caja municipal aval bancario por la cantidad de 150.318,49 euros. Los gastos de documentación e inscripción derivados de la transmisión dominical de la finca cedida serán de cuenta del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón. Los gastos de de formalización de la cesión en escritura pública e impuestos que se devenguen serán de cuenta de Rents and Foods, S.L. La valoración técnica del local construido realizada por el técnico municipal, don Juan A. Senín Álvarez es de 150.318, 49 euros, equivalente al valor del aprovechamiento urbanístico que corresponde a este Ayuntamiento, por lo que con la cesión que se opere a favor del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón, ambas partes tienen por cumplimentadas las obligaciones de cesión del 10% del aprovechamiento urbanístico de la unidad de actuación U-02/25-B, marcadas por la Ley del Suelo Regional en su artículo 69.1, b). Segunda: Llegado el término fijado en la estipulación primera del presente convenio sin que se haya producido la cesión del local antes mencionado, en los términos establecidos, el Ayuntamiento de Mazarrón, previa comunicación a Rents and Foods, S.L., ejecutará, sin más, el aval establecido, dándose por cumplidas las obligaciones de cesión del 10% del aprovechamiento urbanístico de la unidad de actuación U-02/25-B, marcadas por la Ley del Suelo Regional en su artículo 69.1, b). Tercera: Rents and Foods, S.L., comunicará al Ayuntamiento de Mazarrón, con una antelación mínima de quince días a la firma de la correspondiente escritura de cesión, la disponibilidad del local. El Ayuntamiento de Mazarrón, acompañado de un representante de Rents and Foods, S.A., revisará el local y emitirá acta de conformidad o disconformidad. Si el Ayuntamiento de Mazarrón emitiera acta de disconformidad, Rents and Foods, S.A., deberá subsanar los reparos antes de finalizar el plazo establecido en la estipulación primera del presente convenio. En caso contrario, se estará a lo dispuesto en la cláusula segunda. En prueba de conformidad, las partes firman el presente documento en el lugar y fecha al principio indicados». Mazarrón, 17 de febrero de 2003.¿El Alcalde-Presidente. ¿TXF¿ ¿¿