IV. Administración Local Lorquí 351 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos. El Pleno del Ayuntamiento de Lorquí, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de noviembre de 2018, aprobó inicialmente la modificación de la siguiente Ordenanza: Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, ordenanza que a continuación se detalla, habiéndose publicado anuncio en el ?Boletín Oficial de la Región de Murcia? de 23 de noviembre de 2018 sin que se hayan producido alegaciones, por lo que, transcurrido el periodo de exposición pública, el acuerdo de aprobación provisional se entiende definitivamente adoptado de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, siendo la modificación de la ordenanza la que a continuación se transcribe: Ordenanza reguladora de la tasa por piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos Artículo 6.º La cantidad a liquidar y exigir por esta tasa se obtendrá de aplicar la siguiente tarifa: B.- Deporte Escolar -Actividades deportivas no federadas: - Niños (hasta 16 años): 40 ? cuatrimestre C.- Instalaciones deportivas y cursos Campos de césped artificial: Sin luz, 35 euros/1 hora. Con luz, 42 euros/1 hora. Medio campo de fútbol de césped artificial (futbol 7): Sin luz, 30 Euros/1 hora. Con luz, 40 Euros/1 hora. Campo de fútbol césped natural: Sin luz, 50 Euros/ 1 hora. Con luz, 65 Euros/ 1 hora. Pistas deportivas (fútbol sala y otras): Sin luz, 6 euros/hora. Con luz, 12 euros/hora. Pabellón polideportivo: Sin luz, 15 euros/hora. Con luz, 18 euros/hora. Sauna: gratuito Gerontogimnasia: gratuito Lo que se hace público haciendo saber que la aprobación de la ordenanza es definitiva y pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime pertinente. Lorquí, 14 de enero de 2019.?El Alcalde, Joaquín Hernández Gomariz. A-230119-351