IV. Administración Local Lorquí 7533 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora del precio público del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria. El Pleno del Ayuntamiento de Lorquí, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de julio de 2016, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por el Servicio de Teleasistencia Domiciliaria, habiéndose publicado anuncio en el ?Boletín Oficial de la Región de Murcia? de 29 de julio de 2016 sin que se hayan producido alegaciones, por lo que, transcurrido el periodo de exposición pública, el acuerdo de aprobación provisional se entiende definitivamente adoptado de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, siendo la modificación de la ordenanza la que a continuación se transcribe: ?ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA Artículo 3.- Sujetos pasivos. 1.- Podrán ser usuarios del Servicio de Teleasistencia aquellas personas o unidades familiares que siendo residentes y estando empadronadas en el municipio de Lorquí, sean no dependientes y que, por su aislamiento social, familiar o geográfico, lo necesiten para paliar su inseguridad y para posibilitar la permanencia en su entorno habitual de vida. Tipología de usuarios: Usuario A: usuario titular del servicio Usuario B: persona que convive con el titular del servicio el cual está capacitado para utilizarlo en caso de necesidad, el coste será 0 euros. Usuario C: persona que convive con el titular del servicio el cual no está capacitado para utilizarlo en caso de necesidad, el coste será 0 euros. PRECIO DEL SERVICIO AÑO 2016: 11,96 ? SITUACIÓN ECONÓMICA PAGO USUARIO AÑO 2016 IPREM 1-1,5 IPREM 1,5-2 IPREM 0,00? 6,00? 11,96? ?Disposición transitoria: la diferencia entre el anterior precio público y el modificado en este acuerdo será abonada de oficio a los usuarios por los servicios prestados desde la fecha de la firma del contrato con la nueva adjudicataria del servicio (07/04/16) hasta la publicación en el BORM de la aprobación definitiva de esta modificación? Lo que se hace público haciendo saber que la aprobación de la ordenanza es definitiva y pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime pertinente. Lorquí, a 5 de septiembre de 2016.?El Alcalde, Joaquín Hernández Gomariz. A-150916-7533