IV. Administración Local Lorquí 18672 Aprobación definitiva de ordenanza. El Pleno del Ayuntamiento de Lorquí, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2011, aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos, ordenanza que a continuación se detalla, habiéndose publicado anuncio en el ?Boletín Oficial de la Región de Murcia? de 14 de octubre de 2011 sin que se hayan producido alegaciones, por lo que, transcurrido el periodo de exposición pública, el acuerdo de aprobación provisional se entiende definitivamente adoptado de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, siendo la modificación de ordenanza la que a continuación se transcribe: ?Artículo 6.3. La tarifa a aplicar es la siguiente: a) Fotocopia de documentos administrativos internos. Por fotocopia de folio de cualquier documento: 0,20 ? b) Certificaciones Urbanísticas: De condiciones de edificabilidad: 10 ? De condiciones de usos (Aperturas): 0 ? De antigüedad y de Construcción no sujeta a expediente sancionador: 5 ? Cualquier otra certificación no expresamente tarifada: 15 ? c) Documentos administrativos: Certificaciones del padrón municipal de habitantes: 1 ? Volantes de empadronamiento: Exento Compulsas de documentos para otras Administraciones: - Primera y segunda compulsa. Exento - Tercera y siguientes: 0,70 ? Informe o Atestados de Policía Local: 5 ? Para cualquier otro expediente, documento o documentación no expresamente tarifado, folio: 1 ? d) Documentos de Recaudación y Catastro: Planos catastrales y de emplazamiento de fincas: 1 ? Certificados catastrales: 1 ? Certificados sobre deudas: Exento Certificados sobre padrones fiscales: Exento.? Lo que se hace público haciendo saber que la aprobación de la ordenanza es definitiva y pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime pertinente. Lorquí a 29 de noviembre de 2011.?El Alcalde, Joaquín Hernández Gomariz. A-071211-18672