IV. Administración Local Lorca 1233 Aprobación definitiva del proyecto de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto modificado de ensanche y mejora de la carretera RM-C9 y RM-503 de Zarzadilla de Totana, término municipal de Lorca. En Sesión Ordinaria celebrada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Lorca el día 22 de febrero de 2022, se acordó la Aprobación Definitiva del Proyecto de Expropiación por el procedimiento de tasación conjunta de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del Proyecto Modificado de Ensanche y Mejora de la Carretera RM-C9 y RM-503 de Zarzadilla de Totana, t.m. de Lorca, seguido bajo el número de expediente 2020/UREXPR-3 MOD en el Área de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Lorca. Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente en el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la notificación, advirtiéndoles de que si durante dicho plazo no han manifestado expresamente su disconformidad con la Hoja de Aprecio Municipal, se entenderá que la aceptan y quedará definitivamente fijado el justiprecio. Contra los anteriores acuerdos que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de Dos Meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el Art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/15, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá formularse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó dicha Resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación. De formularse recurso de reposición potestativo, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, o en que éste deba entenderse desestimado por silencio administrativo; sin perjuicio de formular cualquier otro recurso que estime procedente. Esta publicación se realiza teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 44 de la Ley 39/15, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el Anexo del presente anuncio se incluye la relación individualizada de titulares, descripción de su estado y elementos, y valoración. El expediente se encuentra de manifiesto en el Servicio de Planeamiento y Gestión del Área de Urbanismo, sito en Complejo La Merced, de esta localidad. Lorca, 4 de marzo de 2022.—El Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Vivienda, José Luis Ruiz Guillén. A-160322-1233