IV. Administración Local Lorca 3346 Aprobación definitiva del proyecto de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta de los terrenos necesarios para obtener un espacio libre junto a la Iglesia de Santiago, previsto en el Plan Especial de Protección y Rehabilitación Integral Sector II del Recinto Histórico Artístico de Lorca (P.E.P.R.I.). En Sesión Ordinaria celebrada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Lorca el día 02 de mayo de 2018, se acordó la Aprobación Definitiva del Proyecto de Expropiación por el procedimiento de tasación conjunta de los terrenos necesarios para obtener un espacio libre junto a la Iglesia de Santiago, previsto en el Plan Especial de Protección y Rehabilitación Integral Sector II del Recinto Histórico Artístico de Lorca (P.E.P.R.I.), seguido bajo el número de expediente EXP 05/17 en el Área de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Lorca. Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente en el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la notificación, advirtiéndoles de que si durante dicho plazo no han manifestado expresamente su disconformidad con la Hoja de Aprecio Municipal, se entenderá que la aceptan y quedará definitivamente fijado el justiprecio. Contra los anteriores acuerdos que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada la Resolución, de conformidad con lo establecido en el Art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/15, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá formularse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la Resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación. De formularse recurso de reposición potestativo, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la Resolución expresa del recurso de reposición, o en que deba entenderse desestimado por silencio administrativo. Sin perjuicio de formular cualquier otro recurso que estime procedente. Esta publicación se realiza teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/15, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el Anexo del presente anuncio se incluye la relación de titulares, cuotas de propiedad a expropiar y valoración de las mismas. El expediente se encuentra de manifiesto en el Servicio de Planeamiento y Gestión del Área de Urbanismo, sito en Complejo La Merced, de esta localidad. Lorca, 17 de mayo de 2018.?La Concejal Delegada de Urbanismo, M.ª Saturnina Martínez Pérez. A-300518-3346