Lorca 15505 Aprobación Definitiva de la Modificación de las Ordenanzas reguladoras del Plan Parcial del Sector S- 1 B 1 del Polígono Industrial de Lorca. Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno del día 29 de octubre de 2007, se acordó la aprobación definitiva de la modificación de las ordenanzas reguladoras del Plan Parcial del sector S-1 B-I, del polígono industrial de Lorca, seguido bajo el número 04.09.03, en la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Lorca. Contra los mismos, que son definitivos en vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso­Administrativo que corresponda de los de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimocuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Asimismo, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117.1 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que adoptó los Acuerdos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación, sin que se puedan simultanear ambos recursos, sin perjuicio de cualesquiera otros que los interesados deseen ejercitar. En el anexo del presente anuncio se publica íntegramente el texto del articulado del de dicha modificación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. El expediente se encuentra de manifiesto en la Gerencia de Urbanismo, sita en Complejo La Merced, de esta localidad. Lorca, a 14 de noviembre de 2007.¿El Tte. de Alcalde de Urbanismo y Desarrollo Sostenible, Francisco José García García. C.- Normas de la edificación Art. 64.- Condiciones de seguridad Las Condiciones de Seguridad se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales, Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el trabajo y demás disposiciones legales vigentes que le sean de aplicación. ¿¿