¿OC¿ Lorca ¿OF¿¿SUC¿ 2067 Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de las parcelas M8 a M13 del Polígono Industrial Saprelorca. ¿SUF¿¿TXC¿ Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2004, se acordó aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de las parcelas M8 a M13 del Polígono Industrial Saprelorca del Polígono Industrial Saprelorca, seguido bajo en número 03,10,06 en la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Lorca. Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado correspondiente de lo Contencioso-Administrativo de los de Murcia, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente día al del recibo de la notificación. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso de reposición con carácter potestativo en el plazo de un mes, ante el mismo órgano de la Gerencia Municipal de Urbanismo que dictó de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime oportuno. En el anexo del presente anuncio se publica íntegramente el texto del articulado de las normas del Estudio de Detalle en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. El expediente se encuentra de manifiesto en la Gerencia de Urbanismo, sita en Complejo La Merced, de esta localidad. Lorca a 9 de febrero de 2004.¿El Tte. Alcalde de Urbanismo, Josías David Martínez Fajardo. 1.2.- Memoria Justificativa 1.2.1.- Antecedentes Una vez aprobado por el Excmo. Ayuntamiento de Lorca el proyecto de Urbanización de la Ampliación nº 2, sector B-1, del Polígono Industrial de Lorca, se iniciaron las obras correspondientes a dicha urbanización y simultáneamente se puso a la venta un total de 194.007 m² de suelo industrial distribuido en: 15.945 m² de parcelas para industria nido 49.771 m² de parcelas para industria ligera 128.291 m² de parcelas para industria aislada La respuesta de la demanda para la adquisición de estas parcelas, y especialmente las destinadas e industrias nido, ha sido mucho más rápida de lo previsto inicialmente, lo que ha conducido a una escasez de suelo industrial, aún antes de concluir las obras de urbanización. Por otro lado se ha detectado una creciente demanda de locales, de tamaño reducido, para la ubicación de pequeños talleres y locales de almacén de pequeñas industrias que no disponen de suelo que satisfaga sus necesidades. Por lo anteriormente expuesto SAPRELORCA, como sociedad urbanizadora y gestora del Polígono Industrial, ha decidido la construcción de tres naves industriales donde ubicará unos locales comerciales, agrupados por actividades afines, y que podrán satisfacer las necesidades de las demandas anteriormente mencionados. Para la disposición de estas naves se plantea la agrupación de las parcelas M8 a M13 en una única, de mayor tamaño, donde se sitúan las tres edificaciones de forma que se mantenga la tipología edificatoria prevista en el Plan Parcial, pero ampliando los retranqueos entre edificios para permitir la circulación y el estacionamiento de los vehículos en el interior de la parcela. 1.2.2.- Objeto de Estudio de Detalle El objeto del presente Estudio de Detalle es la elaboración de la documentación técnica requerida en el artículo 39 del Plan Parcial de la Ampliación nº 2, Sector B-1, del Polígono Industrial de Lorca. En dicho artículo se señala la necesidad de redactar un Estudio de Detalle para adaptar las nuevas alineaciones y volúmenes edificables cuando se realice una agrupación de parcelas en la que se pretende establecer una edificación que requiera la modificación de los retranqueos previstos en el citado Plan Parcial. 1.2.3.- Ámbito del Estudio de Detalle El ámbito de actuación del presente Estudio de Detalle se formula en el espacio correspondiente de las parcelas M8, M9, M10, M11, M12 y M13 del Polígono Industrial de Lorca, SAPRELORCA, situado junto a la Autovía E15 (N-340) en el kilómetro 585 término municipal de Lorca. Las citadas parcelas se encuentran situadas en el extremo Este del Sector B-1 del citado polígono. La superficie total del ámbito es de 15.156 m² y sus linderos son: Norte: Calle B Sur: Calle C Este: Calle E Oeste: Parcelas M7 y M14 Los terrenos correspondientes al ámbito están clasificados como suelo urbano industrial, afecto a la ordenanza 10.ª del P.G.O.U. de Lorca y a las ordenanzas reguladoras del Plan Parcial correspondiente. 1.2.4.- Determinaciones Como se ha expuesto anteriormente, el objetivo fundamental del Estudio de Detalle es la reordenación de alineaciones y rasantes que permita la implantación de las edificios previstos, con el espacio libre entre ellos necesario para el aparcamiento y circulación interna de vehículos. Esta zona libre consiste en una calle interior que une la calle B con la calle C cuyo eje es paralelo y próximo al lindero lateral de las parcelas, M8 y M9. La pendiente que resulta en esta calle es del 1,71%, que será por tanto la que tengan las fachadas de los edificios que den a ella. Esta calle interior se une a la calle E mediante otra, también interior, cuyo eje coincide con el lindero de fondo de las parcelas M9 y M10 con M12 y M11. Esta otra calle interior tiene una pendiente del 0,89%. El ancho de estas calles interiores es de 18 m. distribuidos en aceras de 1,00, aparcamientos en batería de 4,50 m. a ambos lados y calzada central de 7,00 m. Para ello se mantienen los retranqueos a viales y se incrementan los establecidos a linderos, eliminando el previsto como fondo de parcelas M8 y M13. Los edificios B y C tienen acceso desde zona pavimentada a sus cuatro fachadas, mientras que el A tiene su fondo en medianera con parcelas M7 y M14. Los datos de partida son los siguientes: PARCELAS SUPERFICIES Total Ocupación Edificable M8 2.795 2.106 2.516 M9 2.795 2.106 2.516 M10 2.978 2.105 2.680 M11 2.288 1.521 2.059 M12 2.150 1.521 1.935 M13 2.150 1.521 1.935 Suma 15.156 10.880 13.641 La parcela resultante de la agrupación tiene una superficie de 15.156 m², correspondiente a una parcela tipo «industria aislada», definida de esta manera en las ordenanzas reguladoras del Plan Parcial. Las normas particulares de este tipo de parcela fijan su aprovechamiento limitando la ocupación máxima de la parcela al 75% del total, y la edificabilidad con el coeficiente 0,85 m²/m². Se permiten dos plantas y una altura máxima de 8,50 m. - Aprovechamiento de la parcela resultante: Superficie total: 15.156 m² Ocupación máxima: 11.367 m² Edificabilidad máxima: 12.883 m² Según el artículo 73 de las ordenanzas reguladoras el aprovechamiento del ámbito será el menor de los dos casos: - Aprovechamiento de la parcela resultante: Superficie total: 15.156 m² Ocupación máxima: 10.880 m² Edificabilidad máxima: 12.883 m² La actuación prevista sobre la parcela consiste en tres edificios: Nave A 101 x 29 m 2.929 m² Nave B 49 x 78 m 3.822 m² Nave C 34 x 78 m 2.652 m² La ocupación total prevista es de 9.403 m², inferior a la máxima permitida. La edificabilidad máxima permitida (12.883 m²) aplicada a esta ocupación supone la posibilidad de una segunda planta en un 37% de la superficie de ocupación o la posibilidad de diseñar uno de los edificios con dos plantas completas. La ordenación propuesta no altera las condiciones de ordenación básicas previstas en el Plan Parcial ni ocasiona perjuicio a los predios colindantes puesto que el acceso a los edificios se realiza a partir de las calles públicas B, C y E, cuya interconexión no precisa modificación de rasantes ni alineaciones de dichas calles. Al producirse la reordenación en el interior de la parcela resultante y acceder desde vías públicas, no afecta en ningún caso a los predios colindantes. En los planos adjuntos se detalla gráficamente la distribución general de las áreas de movimiento indicando expresamente y de forma pormenorizada la ordenación propuesta. Murcia, abril de 2003.¿El Ingeniero de Caminos, C. y P., Francisco Martínez Ramírez. ¿TXF¿ ¿¿