¿OC¿ Lorca ¿OF¿¿SUC¿ 5535 Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de las parcelas F2 y F3 del Polígono Industrial La Hoya. ¿SUF¿¿TXC¿ Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de marzo de 2003, se acordó aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de las parcelas F2 y F3 del polígono Industrial La Hoya, seguido bajo en número 02,09,02 en la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Lorca. Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente de lo Contencioso-Administrativo de los de Murcia, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente día al del recibo de la notificación. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso de reposición con carácter potestativo en el plazo de un mes, ante el mismo órgano de la Gerencia Municipal de Urbanismo que dictó la Resolución, sin que puedan simultanearse ambos recursos y sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime oportuno. En el anexo del presente anuncio se publica íntegramente el texto del articulado de las normas del Plan Parcial en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. El expediente se encuentra de manifiesto en la Gerencia de Urbanismo, sita en Complejo La Merced, de esta localidad. Lorca a 1 de abril de 2003.¿El Tte. Alcalde de Urbanismo, Josías David Martínez Fajardo. Índice: 1. Objeto 2.- Antecedentes 3.- Memoria de edificabilidad 4.- Memoria constructiva. 5.- Conclusiones 1.- Objeto. El objeto del presente Estudio de Detalles, para la construcción de dos naves adosadas en el Polígono de La Hoya, del término municipal de Lorca (Murcia), dichas naves se encuentran en las parcelas f2 y f3, de dicho polígono; es para la obtención del permiso por parte del Ilmo. Ayuntamiento de Lorca de la concesión de informe o certificado para la edificabilidad de las mismas y obtener licencia para la ejecución de dichas naves, una vez que se entregue el proyecto básico y de ejecución de dichas naves. 2.- Antecedentes. Dichas parcelas son propiedad de: Parcela f2.­ Según escritura de compraventa de «Suelo y Vivienda de Lorca S.A.», a favor de don Gregorio López León, mayor de edad, casado en régimen de gananciales con doña Isabel Vera Piernas, con domicilio en diputación de La Hoya, El Porvenir, calle Florida, 7 y con D.N.I. 23.186.588-N. Dicha parcela queda descrita como: «Parcela n.º f2; parcela de terreno edificable, sita en el polígono Industrial de la Hoya de Lorca, con fachada a 1.ª calle 4 de nueva apertura del citado polígono, con forma de cuadrilátero irregular. De mil trescientos setenta y tres metros cuadrados. Linda: Norte, parcela f2; Sur, parcela f3; Este, S.G. protección de cauce, y Oeste, calle 4. Dicha finca se encuentra inscrita en el tomo 2.222, libro 1.875, folio 76, finca n.º 41.229, inscripción primera. Parcela f3.­ Según escritura de compraventa de «Suelo y Vivienda de Lorca, S.A.», a favor de D. Ángel Luis Sánchez Cáceres, mayor de edad, casado en régimen de separación de bienes con doña Huertas Manchón García, vecino de esta ciudad, con domicilio en Alameda de Cervantes, 60, 4, F; con D.N.L- 23.231.291-A. Dicha parcela queda descrita como: «Parcela n.º f3; parcela de terreno edificable, sita en el Polígono Industrial de la Hoya de Lorca, con fachada a la calle 4 de nueva apertura del citado Polígono, con forma de cuadrilátero irregular. De mil setecientos setenta metros cuadrados, de uso industrial, con una edificabilidad de mil doscientos treinta y nueve metros cuadrados.- Linda: Norte, parcela f2, Sur, parcela f4; Este, S.G. protección del cauce; y Oeste, calle 4. La parcela f2, presenta una edificabilidad de novecientos sesenta y uno con diez metros cuadrados (961.10 m²). La parcela f3, presenta una edificabilidad de mil doscientos treinta y nueve metros cuadrados (1.239 m²). Se adjunta copias de escrituras registrales para demostrar la titularidad de las parcelas f2 y f3 ubicadas en el Polígono Industrial de La Hoya de Lorca. 3.- Memoria de edificabilidad. En el presente apartado se describe el estudia de detalles, por el cual se adjuntan planos para determinar o verificar lo indicado en el siguiente apartado. Según la normativa que rige la edificabilidad en el interior del Polígono Industrial de la Hoya, y que vamos a detallar a continuación: 1.- Ocupación máxima sobre la parcela neta: 70% 2.- Aprovechamiento máximo sobre parcela neta: 0,7 m²/m². 3.- Altura máxima: edificio industrial edificación 1 planta sin limitación de metros 4.- Edificación auxiliar o aneja, bloques representativos y construcciones accesorias y otros usos 2 plantas - 7 metros 5.- Retranqueo a viales Mínimo 3 metros b,- Retranqueo a linderos Mínima 3 metros. 7.- Distancia entre edificios no adosados Mínimo 6 metros. 8.- Fachada mínima 20 metros 9.- Parcela mínima 1.000 m² Como se demuestra en los planos adjuntos que la edificabilidad de las naves adosadas cumple todos los requisitos, ya que: La ocupación máxima de la parcela en cuanto a su edificabilidad, debido a que la parcela f2, presenta una superficie de 1.373 m², y con una edificabilidad permitida de 961.1 m², se proyectará la construcción de una nave adosada con una superficie de 960,07 m², y la parcela f3, presenta una superficie total construida de 1.230,9 m², la cual se divide en zona de nave con una superficie útil de 980.85 m², un porche prolongación de nave) con una superficie útil de 212.7 m², y otras dependencias donde se ubica el aseo y la oficina, con una superficie de 14,40 m², de superficie útil, para lo que determinamos que la primera norma de ocupación la cumple, al igual que la norma número dos, debido a que el aprovechamiento de la parcela es inferior a 0,7 m².m². La altura máxima, como no se contempla limitación, la nave que se encuentra en el interior de la parcela f2, presenta una altura de 8.5 m. y la altura de la nave que se encuentra en la parcela f3, presenta una altura máxima de 10,5 m. debido a la existencia de un metro de desnivel en ambas parcelas, la diferencia de altura en las cubiertas sobre la rasante seria de un metro. Existe una edificación en la parcela f3, de otros usos, siendo las mismos aseo y oficinas, de una planta sobre rasante y de una altura máxima de tres metros, por lo que cumple la norma 3 y 4. Las naves adosadas se encuentran retranqueadas de todos sus linderos a una distancia superior a tres metros, incluso en la línea de fachada que da al lindero Este, que es la calle 4, la distancia a la misma supera los 5 m., y en algunos sitios tiene una distancia de 9 metros. Por lo que cumple la norma de retranqueo a viales y linderos de más de tres metros. En cuanto a la distancia de las naves adosadas a otra nave ubicada en otra parcela cumple que su distancia es superior a los 6 metros, debido que uniendo el máximo retranqueo de tres metros de una a otra, obtenemos que supera dicha distancia de seis metros. Dichas parcelas presentan una distancia superior a los 20 metros en su fachada, debido a que la parcela f2, presenta una fachada de 27.06 m., y la parcela f3, presenta una distancia de 27.93 m. Por lo que cumple con la prescrito en la norma. Dichas parcelas deben tener una superficie superior a los 1000 m², cumpliéndose dicha norma debido a que la superficie de ambas supera la indicada, para justificación de lo mismo adjunto copia de las escrituras de compraventa de dichas parcelas. Queda sobradamente justificado que ambas propietarias están conformes para la construcción de dos naves adosadas, quedando definido el tipo de construcción en los planos adjuntos de planta y alzados. También se adjunta un documento privado en el cual ambos propietarios firman de estar conformes con la construcción de las naves adosadas. El cual adjunto al presente Estudio de Detalles. Queda totalmente justificado ta solución constructiva empleada para la construcción de las naves adosadas, debido a que cumple totalmente la normativa de edificabilidad que rige en el Polígono Industrial de La Hoya del término municipal de Lorca. 5.- Conclusiones. Visto el acuerdo de ambos y quedando demostrado que cumple la normativa de edificabilidad para la construcción de dos naves adosadas en la parcela f2 y f3, según lo expresado en la memoria y planos, se pretende obtener la conformidad de lo solicitado para poder realizar la ejecución de la construcción adosada de dos naves almacén, una la ubicada en la f2 o descrita en los planos como nave A, cuya actividad es la de almacén y la otra descrita como nave B, y ubicada en la parcela f3, cuya actividad es la de almacén de cereal en grano. Para que conste y surta a efectos donde proced, firmo la presente en Vélez Rubio a 12 de julio del 2002.¿El Arquitecto redactor del E.D., Santiago Luis Ballesteros Navarro, Arquitecto Colegiado n.º 306412. Documentación adjunta Copia de las escrituras registrales. Copia de los planos de ubicación de las normas del polígono industrial de La Hoya. Planos adjuntos. ¿TXF¿ ¿¿