¿ O C ¿ Lorca ¿ O F ¿¿ S U C ¿ 10684 Aprobación definitiva del proyecto de expropiación y relación de bienes y derechos de necesaria expropiación para la ampliación del centro escolar «Pilar Soubrier». ¿ S U F ¿¿ T X C ¿ El Excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de junio de 1999, acordó aprobar inicialmente el proyecto de expropiación y la relación de bienes y derechos que se consideran de necesaria expropiación para la ampliación del centro escolar «Pilar Soubrier». Relación de bienes y derechos de necesaria expropiación Trozo de terreno rectangular, con una superficie de 510,00 m², que linda: Norte, con el resto del terreno del que se segrega; Sur, con el solar ocupado por el colegio público Pilar Soubrier, al que se agregará en una longitud de 19,85 m; Este, con el solar ocupado por las oficinas del INEM, en una longitud de 25,70 m., y Oeste, con el suelo no urbanizable. Esta finca se segregará de una mayor, cuya descripción es la siguiente: Solar, en la parte de arriba del barrio de la Viña, calificado de suelo urbano, en la diputación de La Torrecilla, de este término, ocupa una superficie de tres mil tres metros, cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Linda: Norte, sucesores de don Pedro Carrasco; Este y Sur, construcciones de La Viña, antes doña Pilar Soubrier y otros, y Oeste, finca de los hermanos Pallarés Soubrier, ofrecida como donación al Ayuntamiento de Lorca (copia de la inscripción registral obrante al tomo 2.126, libro 1.779, folio 162, finca número 44.828, inscripciones 1.ª y 2.ª). Título: Les pertenece a los antes citados señores por título de herencia según escritura otorgada en Madrid el día 4 de marzo de 1996, ante el Notario don Carlos Pérez Baudín. Propiedad: Una mitad indivisa y el usufructo de otra mitad indivisa, a favor de doña María Pilar Soubrier Zarandona y la nuda propiedad de una mitad indivisa a favor de don José María, don Alfonso, doña María Sacramento y doña María Pilar Pallarés Soubrier. Lo que se hace público para que, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, cualquier persona pueda aportar por escrito los datos oportunos para rectificar los posibles errores de la relación publicada, así como formular las alegaciones que a su derecho convengan, en el plazo de quince días a contar a partir de la publicación del presente en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Lorca a 25 de agosto de 1999.¿El Concejal Delegado de Urbanismo, Josías Martínez Fajardo.