¿OC¿ Librilla ¿OF¿¿SUC¿ 1185 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de Cementerio Municipal. ¿SUF¿¿TXC¿ Elevado a definitivo, por ausencia de reclamaciones, el acuerdo provisional adoptado por el Pleno, en sesión del día 30 de septiembre de 2002, de aprobación de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de Cementerio Municipal, conforme a lo previsto en el artículo 17.4 de la Ley 39/1988, de 28 de noviembre, se publica a continuación el texto íntegro de la mencionada modificación, sin que quepa contra ella otro recurso que el contencioso-administrativo (artículo 19 de la referida Ley), que se podrá interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia»: Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de Cementerio Municipal: Artículo 6.º - Epígrafe 1.º Asignación de sepultura y nichos: A) Sepulturas perpetuas construidas por el Ayuntamiento (incluido el terreno): 1.300 ¿. - Epígrafe 2.º Asignación de terrenos para sepulturas, mausoleos y panteones, por metro cuadrado de terreno: 300 ¿. Librilla, 20 de enero de 2003.¿El Alcalde, Juan Porras Vicente. ¿TXF¿ ¿¿