IV. Administración Local Jumilla 15873 Aprobación definitiva modificación ordenanza municipal de circulación de vehículos. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de Circulación de Vehículos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. “Modificación de la ordenanza municipal reguladora de circulación de vehículos Artículo 60. Sustituir la redacción: “1.- Previa instrucción del oportuno expediente las sanciones que podrá imponer el Sr. Alcalde serán las siguientes: a) Por la comisión de faltas muy graves, de 25.000 a 50.000 pesetas. b) Por la comisión de faltas graves, de 15.000 a 25.000 pesetas. c) Por la comisión de faltas leves, hasta 15.000 pesetas.” Por la siguiente: “1.- Previa instrucción del oportuno expediente las sanciones que podrá imponer el Sr. Alcalde serán las siguientes: a) Por la comisión de faltas muy graves, 500 €. b) Por la comisión de faltas graves, 200 €. c) Por la comisión de faltas leves, 80 €.” Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Jumilla, 7 de septiembre de 2010.—El Alcalde, Francisco Abellán Martínez. A-220910-15873