IV. Administración Local Jumilla 1012 Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la parcela situada en Avda. de Murcia s/n, finca registral 4972, con referencia catastral: 7099010XH4579G0001OR. El Pleno Municipal en sesión celebrada el día 25 de enero de 2021, ha aprobado definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela de suelo urbano consolidado de actividades económicas y servicios (U/aes), sita en Avda. de Murcia s/n, finca registral 4972, con referencia catastral: 7099010XH4579G0001OR, expediente n.º 471622F, cuyo objeto es ordenar los volúmenes previstos en el PGMO de Jumilla y cuyo promotor es la mercantil Alfonso Jiménez S.L. La normativa urbanística de dicho Estudio de Detalle la siguiente: La normativa de aplicación es la de Suelo de Actividades Económicas y Sevicios (U/aes) en cuanto a la delimitación del ámbito y los usos permitidos. Las condiciones de edificación y normas constructivas se relacionan con las de la zona U/rV que a su vez se refiere a las de la zona U/rIV a excepción de las alturas donde se fijan en el callejero adjunto a las normas urbanísticas del Plan General Municipal de Ordenación de Jumilla ( BORM n.º 64 de 18 de marzo de 2005). Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 159, 166 y 175.2 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. El contenido íntegro del Estudio de Detalle, se podrá consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Jumilla [dirección electrónica: https://jumilla.sedipualba.es]. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, con carácter potestativo, y sin perjuicio de cualesquiera otros que estime oportunos, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la notificación, ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En Jumilla, a 29 de enero de 2021.—La Alcaldesa, Juana Guardiola Verdú. A-170221-1012