¿OC¿ Fuente Álamo de Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 5936 Aprobado definitivamente la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas Discapacitadas. ¿SUF¿¿TXC¿ Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 23 de enero de 2003, la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas Discapacitadas, y finalizado el periodo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, la misma se considera definitivamente aprobada, publicándose a continuación el texto íntegro de dicha Ordenanza, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, entrando en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de dicho texto legal: ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU ADAPTACIÓN AL MODELO COMUNITARIO La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en su artículo 60 establece que los Ayuntamientos deben adoptar las medidas adecuadas para facilitar el estacionamiento de los vehículos automóviles pertenecientes a los minusválidos con problemas graves de movilidad, poniendo de manifiesto que la misma constituye un eficaz instrumento para favorecer la integración social y laboral, al facilitar el acceso a los espacios y servicios comunitarios a muchas personas que, al verse limitadas para utilizar los transportes públicos por estar afectadas por importantes problemas de movilidad, acceden a los mismos de manera autónoma mediante vehículos particulares, beneficiándose en su punto de destino de las ventajas de aparcamiento que posibilita la tarjeta. Idéntico criterio mantiene el Consejo de la Unión Europea que, al referirse a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidades, estima procedente que toda persona con movilidad reducida debe poder disfrutar de medidas adicionales concretas dirigidas a favorecer su integración profesional y social, y a estos efectos considera oportuna una acción comunitaria para fomentar la concesión y el reconocimiento mutuo de las tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad y que faciliten la libre circulación de éstas. El Consejo de la Unión Europea aprobó con fecha 4 de junio de 1998 una Recomendación a los Estados miembros para el establecimiento de una tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, con arreglo a un modelo comunitario uniforme reconocido mutuamente por los Estados miembros, a fin de que los titulares de estas tarjetas puedan disfrutar en toda Europa de las facilidades de estacionamiento relacionadas con las mismas, con arreglo a las normas nacionales vigentes del país en que se encuentra la persona. Conocida por todos la problemática de los estacionamientos, tanto en éste Municipio como en el resto de las grandes y medianas ciudades, se deberán de tener en cuenta determinados factores a la hora de concesión de estas autorizaciones, que hagan compatible el derecho de las personas con discapacidad a estacionar en los lugares más próximos a su destino y el deber de la administración local a una gestión justa y coherente de las limitadas plazas de estacionamiento. Artículo 1.- Objeto. La presente Ordenanza tiene por objeto regular la utilización y el procedimiento para el otorgamiento de la tarjeta de estacionamiento para vehículos conducidos por personas discapacitadas con movilidad reducida o que transporten a las mismas, y su adaptación al modelo comunitario adoptado por Recomendación del Consejo de 4 de junio de 1998, que se contiene como Anexo I de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Ámbito territorial. La tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad con movilidad reducida, concedida según el procedimiento previsto en la presente Ordenanza, tendrá validez en el ámbito territorial de Fuente Alamo de Murcia y acreditará a la persona titular de la misma para utilizar los estacionamientos reservados y disfrutar de los derechos que sobre estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad se establezcan, sin perjuicio de su utilización en todos los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos que los respectivos Ayuntamientos comunitarios tengan establecidos en materia de ordenación y circulación de vehículos. Asimismo, se reconoce el derecho al uso, en el ámbito territorial de Fuente Alamo de Murcia, de las tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad de movilidad reducida emitidas por las Administraciones Públicas del resto de la Unión Europea. Artículo 3.- Titulares del derecho. Serán titulares del derecho a obtener y utilizar la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad de movilidad reducida aquellas que residan o tengan su puesto de trabajo en el Municipio de Fuente Alamo y que estén afectadas de una deficiencia física o psíquica que les afecte gravemente a la movilidad, hayan obtenido el dictamen técnico facultativo afirmativo de la Unidad de Valoración correspondiente y superen el 33% de minusvalía. Artículo 4.- Características y condiciones de uso de la tarjeta de estacionamiento. 1.- Las características de la tarjeta de estacionamiento son las definidas en el Anexo I de la presente Ordenanza. 2.- Para el uso de la tarjeta de estacionamiento se habrán de cumplir las siguientes condiciones: 1.ª La tarjeta será estrictamente personal y sólo podrá ser utilizada cuando su titular sea transportado en el vehículo o éste sea conducido por la persona con movilidad reducida titular de la misma. 2.ª La tarjeta deberá ser colocada en el parabrisas delantero, de modo que su anverso sea legible desde el exterior del vehículo y deberá permitirse su examen por la autoridad competente o sus agentes cuando se requiera. 3.ª Será válida para estacionar en los lugares específicamente señalizados al efecto, gratuitamente en las zonas de aplicación de la O.R.A. (Ordenanza Reguladora de Aparcamientos) e incluso en los lugares de estacionamiento prohibido, siguiendo siempre las indicaciones de los agentes de la Policía Local, durante el tiempo indispensable y con las siguientes excepciones: - Zonas peatonales, andenes o aceras y pasos de peatones. - En aquellos lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia. - Espacios que reduzcan carriles de circulación («dobles filas»). Artículo 5.- Cancelación de la tarjeta. En el supuesto de incumplimiento de las condiciones de uso o de las indicaciones de los agentes de Policía Local, previamente constatados los hechos, podrá producirse la cancelación del uso de la tarjeta y la anulación de los derechos de estacionamiento establecidos. Artículo 6.- Requisitos. Podrán ser titulares de la presente tarjeta de estacionamiento aquellas personas que residiendo o teniendo su puesto de trabajo en el Término Municipal de Fuente Alamo reúnan los siguientes requisitos: - Empadronamiento. Estar empadronado en el Ayuntamiento de Fuente Alamo o justificar que tiene su puesto de trabajo en el Término Municipal del mismo. - Edad. Tener una edad superior a 5 años. - Condición de minusvalía. Disponer de la preceptiva resolución de reconocimiento de la condición de minusválido, emitido por el Organismo correspondiente. - Movilidad reducida. La determinación de este extremo se fijará a través de la aplicación del baremo que, como Anexo 3, se incluye en el Real Decreto 1.971/1.999, de 23 de diciembre, de Procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (BOE de 26 de enero del 2000), mediante dictamen emitido por la Unidad de Valoración correspondiente. Artículo 7.- Procedimiento para la concesión de la tarjeta de estacionamiento. Corresponderá a la Policía Local de Fuente Alamo la concesión de la tarjeta de acuerdo con el procedimiento siguiente: 1.- El expediente se iniciará a solicitud de la persona interesada, mediante el impreso normalizado que se recogerá en la Policía Local o en el Ayuntamiento y se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento, junto con las copias compulsadas de los documentos exigidos. El solicitante podrá ser el propio titular o su representante legal. La titularidad de la tarjeta será siempre ostentada por la persona que reúna los requisitos establecidos en el artículo 6 de la presente Ordenanza. 2.- La documentación a presentar junto con la solicitud es la siguiente: - Fotocopia del D.N.I. del solicitante. - Acreditación de la representación y fotocopia del D.N.I. del representante legal en su caso. - Dos fotos tamaño carnet del titular. - Fotocopia de la resolución de reconocimiento de la condición de minusválido. - Dictamen relativo a su movilidad, con especificación del plazo de validez, emitido por las Unidades de Valoración correspondientes. - Acreditación de la condición de residente en el Término Municipal o que tiene su lugar de trabajo en el mismo. 3.- El Dictamen de la Unidad de Valoración correspondiente se incorporará al expediente y el Ayuntamiento resolverá sobre la solicitud, en consonancia con el mismo, notificándolo a la persona interesada en el plazo máximo de tres meses, a partir de la fecha en que la solicitud de la tarjeta de estacionamiento haya tenido entrada en el registro del Ayuntamiento. 4.- Una vez concedida la tarjeta de estacionamiento, será presentada a su titular para su firma y, una vez firmada, será presentada por el Ayuntamiento y entregada a la persona interesada. 5.- El Ayuntamiento entregará, juntamente con la tarjeta, un resumen de las condiciones de utilización de la misma, tanto en el Municipio como en los distintos Estados miembros de la Unión Europea. Artículo 8.- Período de validez. La validez de la tarjeta vendrá especificada en la misma. Dependerá de dos factores: edad del titular y características del dictamen sobre la movilidad, en relación a si es permanente o temporal. - Para mayores de 18 años, el plazo de validez se establece en 5 años a contar desde la fecha de expedición de la tarjeta, siempre que el dictamen determine la existencia de una movilidad reducida de carácter definitivo. - Cuando la movilidad reducida sea de carácter temporal, la validez de la tarjeta estará marcada por el plazo de dicha invalidez. - En el caso de que el titular tenga una edad inferior a 18 años, el plazo de validez será como máximo de 2 años, salvo que la duración de la movilidad reducida establecida en el dictamen señale un plazo inferior, en cuyo caso se ajustará el período de validez al mismo. Artículo 9.- Renovación de la tarjeta. 1.- Mayores de 18 años con dictamen permanente: Renovación a los 5 años. El Ayuntamiento comprobará los requisitos de vida y empadronamiento y el interesado deberá aportar dos fotografías tamaño carnet. 2.- Mayores de 18 años con dictamen temporal: Renovación en la fecha en que termina el plazo de validez. En este caso la renovación exige la presentación por parte del interesado de un nuevo dictamen de movilidad y dos fotografías tamaño carnet, debiendo justificar los requisitos de vida y empadronamiento. 3.- Menores de 18 años: La renovación se producirá en la fecha señalada por la temporalidad y no podrá ser superior a 2 años y exige que el interesado presente nuevo dictamen. 4.- El interesado deberá presentar la solicitud tres meses antes de la caducidad a efectos de poder disponer de la nueva tarjeta a fecha de finalización del plazo de la anterior. 5.- En todos los casos, la entrega de la nueva tarjeta requiere que el interesado entregue la antigua en la Policía Local. 6.- la nueva tarjeta llevará el mismo número que la anterior. 7.- La renovación de la tarjeta puede producirse por sustracción, deterioro o pérdida. En el caso de sustracción, exigirá que por parte del interesado se presente justificación de la denuncia. En el caso de deterioro el interesado deberá presentar la tarjeta deteriorada. El Ayuntamiento emitirá la nueva tarjeta con la misma fecha de caducidad que la anterior. ANEXO I DISPOSICIONES SOBRE EL MODELO COMUNITARIO DE TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD A. Las dimensiones totales de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad con arreglo al modelo comunitario serán las siguientes: - Longitud: 106 mm. - Anchura: 148 mm. B. El color de la tarjeta de estacionamiento será azul claro, con excepción de símbolo blanco que representa, sobre fondo azul oscuro, una silla de ruedas. C. La tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad estará plastificada, con excepción del espacio previsto para la firma del titular en la izquierda del reverso. D. La tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad tendrá un reverso y un anverso, cada uno de ello divididos verticalmente en dos mitades. En la mitad izquierda del anverso figurarán: - El símbolo de la silla de ruedas en blanco sobre fondo azul oscuro. - La fecha de caducidad de la tarjeta de estacionamiento. - El número de la tarjeta de estacionamiento. - El nombre y sello de la autoridad u organización expedidora. En la mitad derecha del anverso figurarán: - La inscripción «Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad» impresa en caracteres grandes. - A continuación, suficientemente separada y con caracteres pequeños, la inscripción «Tarjeta de estacionamiento» en las demás lenguas de la Unión Europea. - La inscripción «Modelo de las Comunidades Europeas». De fondo, el indicativo de España: E, dentro del símbolo de la Unión Europea: el círculo de doce estrellas. En la mitad izquierda del reverso figurarán: 1.- Los apellidos del titular. 2.- El nombre del titular. 3.- La firma del titular u otra marca autorizada si la legislación nacional lo prevé. 4.- La fotografía del titular. En la mitad derecha del reverso figurarán: 1.- La indicación: «Esta tarjeta autoriza e su titular a hacer uso de las facilidades de estacionamiento vigentes en el Estado miembro en que se encuentre.» 2.- La indicación: «Cuando se utilice esta tarjeta, deberá colocarse en la parte delantera del vehículo de forma que el anverso de la tarjeta sea claramente visible para su control.» Fuente Álamo de Murcia, 6 de mayo de 2003.¿El Alcalde, Antonio García García. ¿TXF¿ ANEXO II MODELO DE SOLICITUD DE TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD DATOS DE LA PERSONA DISCAPACITADA Don/doña ____________________________________________________________, con D.N.I. número ____________________ con domicilio en _________________________________________ calle ____________________________________, C.P. __________ y teléfono ____________. DATOS DE LA PERSONA QUE LE REPRESENTA LEGALMENTE Don/doña ____________________________________________________________, con D.N.I. número ____________________ con domicilio en ___________________________________________ calle ____________________________________, C.P. __________ y teléfono _______________, en calidad de representante legal de la persona discapacitada cuyos datos figuran arriba. SOLICITA: La concesión de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, conforme a las condiciones que figuran al dorso, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza de ________________ de ________________ de 2002, por la que se adapta la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad al modelo comunitario y se establecen las condiciones para su concesión. En _______________________, a _____ de ________________ de 200___. El/la solicitante, El/la representante legal, Fdo.: _____________________ Fdo.: ____________________ SR. PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE ÁLAMO DE MURCIA