IV. Administración Local Fuente Álamo de Murcia 5091 Ampliación de las delegaciones a la Junta de Gobierno Local. En Fuente Álamo de Murcia, por la Alcaldía-Presidencia, el día 27 de julio de 2023, se ha dictado el siguiente: “Decreto: El artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen establece que corresponde a la Junta de Gobierno Local las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes. En uso de esta facultad, esta Alcaldía considera conveniente ampliar el régimen de competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local, con efectos desde el momento de su aceptación por dicho órgano municipal. De este modo, en virtud de lo establecido en el artículo 21.2 y 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, ya reseñada, por medio de la presente, He resuelto 1.º- Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones reconocidas a esta Alcaldía en virtud del artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: a) La aprobación de la convocatoria y la concesión de subvenciones, así como la fase de gestión presupuestaria que corresponda. 2.º- De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que éste celebre. 3.º- Notifíquese a los interesados y publíquese en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de su efectividad desde esta fecha. Lo decreta, manda y firma la Sra. Alcaldesa.” Fuente Álamo de Murcia, a 31 de julio de 2023.—La Alcaldesa-Presidenta, Juana María Martínez García. A-050923-5091