¿OC¿ Fortuna ¿OF¿¿SUC¿ 8729 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público y la prestación de los servicios de piscina y polideportivo municipal. Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público y la prestación de los servicios de piscina y polideportivo municipal, publicado en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» de 8 de junio de 2005, sin que se haya presentado reclamación alguna, queda éste elevado a definitivo, publicándose a continuación el texto íntegro de la modificación, que afecta al artículo 6.2 de la Ordenanza, referente a la cuota tributaria de las Tasas por la prestación de los servicios de Piscina y Polideportivo Municipal, que queda redactado en la forma siguiente: «Artículo 6.2.- Tasas por la prestación de los servicios de Piscina y Polideportivo Municipal. -Tasa por prestación del servicio de Piscina Municipal: Entrada diaria de adultos: 2 euros. Entrada diaria de niños (hasta 14 años): 1 euro. Abono de 15 días para adultos: 20 euros. Abono de 15 días para niños (hasta 14 años): 10 euros. Curso de natación para niños (hasta 14 años): 18 euros. Curso de natación para adultos: 20 euros. -Tasa por prestación del servicio de Polideportivo Municipal: Cuota anual gimnasio: 180 euros. Cuota trimestral gimnasio: 50 euros. Cuota mensual gimnasio: 20 euros. Cuota anual aeróbic: 180 euros. Cuota trimestral aeróbic: 50 euros. Cuota mensual aeróbic: 20 euros». Contra el acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente publicación. Fortuna, 18 de julio de 2005.¿El Alcalde-Presidente, Matías Carrillo Moreno. ¿TXF¿ ¿¿