IV. Administración Local Cieza 4198 Aprobación definitiva de la suspensión temporal de la aplicación del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, regulado en la ordenanza fiscal 2.0.0 y de la tasa por tramitación administrativa de licencia, reconocimiento y control municipal de actividades, regulada en la Ordenanza fiscal 3.5.0, hasta el 31 de marzo de 2021. Con fecha 16 de abril de 2020, en sesión ordinaria, el Pleno del Ayuntamiento adoptó el siguiente acuerdo en el expediente tramitado GEN-RECU/2020/133: Primero. Aprobar provisionalmente la suspensión temporal de la imposición y la aplicación del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, regulado en la Ordenanza fiscal 2.0.0 y de la Tasa por tramitación administrativa de licencia, reconocimiento y control municipal de actividades, regulada en la Ordenanza fiscal 3.5.0, hasta el 31 de marzo de 2021. Segundo. Que de conformidad con el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se exponga este acuerdo provisional al público por plazo de treinta días, el cual computará a partir del día siguiente a la reanudación de los plazos administrativos, interrumpidos por la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para que, dentro de ese plazo, los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, debiendo publicarse anuncios en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en el diario La Verdad, en el Tablón de Anuncios y en la Sede electrónica de este Ayuntamiento. Asimismo debe procederse a la inserción del proyecto de modificación de esta Ordenanza, así como de los informes que conforman el expediente, en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Cieza. Tercero. En el supuesto de que no se presentaran reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional, que será ejecutivo sin más trámites, una vez se haya publicado íntegramente el texto del acuerdo en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, entrando en vigor. Transcurrido el plazo de exposición pública, sin haberse presentado reclamaciones durante dicho plazo, mediante anuncios en el B.O.R.M. número 99, de 30 de abril de 2020, en el diario La Verdad, de 29 de abril de 2020, e inserción en la Sede electrónica desde el día 20 de abril de 2020 así como en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, queda elevado a definitivo el acuerdo de aprobación provisional anterior, que será ejecutivo si más trámites, para su entrada en vigor y aplicación a partir de la fecha de publicación de este anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Contra esta aprobación definitiva solo cabe el recurso contencioso-administrativo, que se podrá interponer a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción. Cieza (Murcia), 22 de julio de 2020.?El Alcalde, Pascual Lucas Díaz. A-030820-4198