IV. Administración Local Cieza 3755 Delegación de atribuciones competencia del Pleno en la Junta de Gobierno Local. El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de enero de 2024, acordó delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones competencia del Pleno: (.../…) a) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria. b) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento. c) Las contrataciones y concesiones de toda clase, cuya competencia venga atribuida al Ayuntamiento Pleno, encomiendas de gestión y encargos de la ejecución de prestaciones propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, a medios propios personificados cuya competencia venga atribuida al Ayuntamiento Pleno. d) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando la competencia para su contratación o concesión corresponda al Ayuntamiento Pleno, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos. e) La adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial y las enajenaciones patrimoniales, en los supuestos en que la competencia venga atribuida al Ayuntamiento Pleno, excepto la enajenación de los bienes declarados de valor histórico o artístico cualquiera que sea su valor. f) La revocación de actos de carácter tributario que sean competencia del Ayuntamiento Pleno. g) La concertación de las operaciones de crédito y de Tesorería cuya competencia vengan atribuidas al Ayuntamiento Pleno. Lo que tramito, a los efectos oportunos, para su publicación en el B.O.R.M., de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En Cieza, 17 de junio de 2024.—El Alcalde, Tomás Antonio Rubio Carrillo. A-190724-3755