IV. Administración Local Ceutí 6327 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal n.º 3, relativa a la prestación de servicios en las instalaciones deportivas municipales. El Pleno del Ayuntamiento de Ceutí, en sesión celebrada el 3 de julio de 2017 ha aprobado inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal nº 3 relativa a prestación de servicios en las Instalaciones Deportivas Municipales, habiéndose publicado anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 14 de julio de 2017 sin que se hay presentado ninguna reclamación, dicha modificación se considera definitivamente aprobada, de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, Texto Refundido de las Haciendas Locales y el art. 49 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Las Bases del Régimen Local, siendo las modificaciones aprobadas las que a continuación se transcriben: SUPUESTOS DE NO SUJECIÓN, EXENCIONES Y BONIFICACIONES Artículo 3.- Los clubes y asociaciones deportivas de Ceutí, cuyo objetivo principal sea fomentar la práctica deportiva de los vecinos de la localidad fundamentalmente y participen en competiciones oficiales de las distintas federaciones deportivas, estarán exentos de pagar la tasa correspondiente por el uso de las instalaciones y los materiales deportivos municipales. Todo la anterior será de aplicación a todas las instalaciones deportivas de los Complejos Deportivos que se encuentren en gestión directa por parte del Ayuntamiento, así como el pabellón de Los Torraos y las pistas polideportivas de los Centros de Enseñanza Infantil y Primaria de titularidad pública. CUOTA TRIBUTARIA Artículo 5. - a) Escuelas Deportivas Municipales: - Matrícula anual por alumno 7,00 ? (válido para varias actividades). - Atletismo 20,00 ?/mes/alumno. - Artes Marciales (adultos) 21,00 ?/mes/alumno. - Artes Marciales (niños) 16,00 ?/mes/alumno. - Tenis (niños) 30,00 ?/mes/alumno. - Tenis (adultos) 36,00 ?/mes/alumno. - Tai-Chi, Yoga Activa y similares 23,00 ?/mes/alumno. - Gimnasia de mantenimiento 16,00 ?/mes/alumno. - Deportes de equipo 16,00 ?/mes/alumno. b) Uso de instalaciones, material y servicios deportivos: - Pabellón o 1 hora luz natural 12,00 ? o 1 hora luz artificial 20,00 ? - Pista de Tenis o 1 hora luz natural 3,00 ? o 1 hora luz artificial 3,50 ? - Frontón o 1 hora luz natural 3,50 ? o 1 hora luz artificial 4,00 ? - Pistas Polideportivas o 1 hora luz natural 4,00 ? o 1 hora luz artificial 6,00 ? - Campo de Fútbol Césped Natural o 1 hora luz natural 60,00 ? o 1 hora luz artificial 100,00 ? - Campo de Fútbol 11 Césped Artificial o 1 hora luz natural 24,00 ? o 1 hora luz artificial 34,00 ? - Campo de Fútbol 7 Césped Artificial o 1 hora luz natural 12,00 ? o 1 hora luz artificial 22,00 ? - Préstamo de material o Balón y/o materiales 2,00 ? - Utilización de las instalaciones, equipos y servicios de la Sala de Musculación del Complejo Deportivo Miguel Induráin: o Uso deportistas federados locales 0,00 ?. o Uso deportistas no federaros* 2,00 ?. * Este servicio sólo estará hábil cuando permanezca cerrada la sala de musculación del Complejo Deportivo Antonio Peñalver. - Bonificaciones y convenios: · 50% de bonificación para usos con una periodicidad fija semanal durante ciclos mensuales completos. · Se establece la posibilidad de realizar convenios para el uso de instalaciones municipales mediante el pago del 10% de los ingresos obtenidos según el número de usuarios por actividad mensual. La modificación de la ordenanza entrará en vigor con la publicación de su texto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Ceutí, 6 de septiembre de 2017.?El Alcalde, Juan Felipe Cano Martínez. A-180917-6327