Ceutí 12186 Aprobación definitiva de la modificación de Ordenanza. El Pleno del Ayuntamiento de Ceutí, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de julio de 2006, aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de la prestación de servicios por la Universidad Popular, modificación de la ordenanza que a continuación se detalla, habiéndose publicado anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» de 2 de agosto de 2006 sin que se hayan producido alegaciones, por lo que, transcurrido el periodo de exposición publica, el acuerdo de aprobación provisional se entiende definitivamente adoptado de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, siendo la modificación de ordenanza la que a continuación se transcribe: a) El art. 5 queda redactado de la siguiente forma: «Cursos: - Educación de Adultos: Gratuito. - Matrícula anual por alumno 7,00 ¿/curso - Teatro: 13,20 ¿/mes - Manipulador de Alimentos: 7,00 ¿/mes - Corte y Confección: 15,00 ¿/mes - Dibujo y Pintura: 22,50 ¿/mes. - Danza iniciación 10,40 ¿/mes. - Danza Pequeños: 20,70 ¿/mes. - Danza Medianas: 25,90 ¿/mes. - Danza Mayores: 25,90 ¿/mes. - Bailes de Salón: 12,10 ¿/mes. - Idiomas 1: 10,60 ¿/mes. - Idiomas 2: 16,00 ¿/mes. - Idiomas 3: 21,30 ¿/mes. - Música: 21,30 ¿/mes. - Yoga: 22,50 ¿/mes. - Maquillaje: 20,60 ¿/mes. - Pruebas de acceso a la Universidad mayores de 25 años: 24,60 ¿/mes. - Informática: - Niños: 15,00 ¿/mes. - Adultos 39,20 ¿/mes. - Primores 15,00 ¿/mes. - Guitarra 21,30 ¿/mes. - Gim-Jazz: 15,00 ¿/mes. - Flamenco: 20,70 ¿/mes. - Mecanografía Informatizada: 17,80 ¿/mes» Lo que se hace público haciendo saber que la modificación de la ordenanza es definitiva y pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime pertinente. Ceutí a 12 de septiembre de 2006.¿El Alcalde, Manuel Hurtado García.