IV. Administración Local Cehegín 10249 Aprobación definitiva del Programa de Actuación y del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación calle Poniente. En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 142, 3.º y 4.º del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, Texto Refundido L.S.R.M., una vez aprobados definitivamente el Programa de Actuación y el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación calle Poniente, de las Normas Subsidiarias de Cehegín, por Resolución de la Alcaldía número 639/09, de 1 de junio de 2009, procede someter el acuerdo a información pública. Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que lo adoptó, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, que habrá de ser resuelto y notificado en el plazo de un mes, considerándose desestimado por silencio en caso contrario. Alternativamente, o en caso de desestimación por silencio del recurso de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, o de seis meses a contar la fecha en que se produzca la desestimación, por silencio administrativo, del recurso de reposición, que se hubiere interpuesto. Cehegín, 4 de junio de 2009.?El Alcalde, José Soria García. A-300609-10249