IV. Administración Local Cartagena 9408 Edicto de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos. Por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión ordinaria de veinticuatro de junio de dos mil catorce, fue definitivamente aprobada la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación de Servicios Urbanísticos de los ejercicios 2010 y sucesivos del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena. El acuerdo contiene los siguientes puntos: 1.- Modificar el apartado e del artículo 2.º de la Ordenanza Fiscal que quedará redactado: ?Artículo 2.º - Hecho Imponible: (...) e) La actividad municipal tanto técnica como administrativa para la tramitación a instancia de los interesados de Expedientes de Gestión y Urbanización. (...)? 2.- Anular el apartado 9 (Tarifas por la Tramitación a instancias de los interesados de instrumentos de Planeamiento) del artículo 6.º de la misma Ordenanza Fiscal, procediendo a la renumeración de los siguientes. Se acuerda la imposición, aplicación y exacción de los tributos recogidos en esta Ordenanza, en la forma prevista en la misma, a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en ejercicios sucesivos hasta que se apruebe su modificación o derogación. Lo que se hace público para general conocimiento, con la indicación de que contra el acuerdo de aprobación definitiva, los interesados a que se refiere el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo pueden, en su caso, interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses a partir del siguiente día de la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de acuerdo con lo que dispone el artículo 19 del mencionado Texto Legal. Cartagena, a 1 de julio de 2014.?La Concejal Delegada del Área de Hacienda y Personal, Fátima Suanzes Caamaño. A-110714-9408