IV. Administración Local Cartagena 7234 Aprobación definitiva de la modificación puntual de plan Especial para Edificación en c/ Campos, n.º 9 (hoy n.º 7), presentado por la mercantil Join Campos, S.L. En la sesión celebrada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, de fecha treinta de octubre de dos mil dieciocho, se aprueba definitivamente la modificación puntual de plan especial para edificación en c/ Campos, n.º 9 (hoy n.º 7), presentado por la mercantil Join Campos, S.L. Índice 1.- MEMORIA 1.1.-INTRODUCCIÓN 1.1.1.- Antecedentes. 1.1.2.- Objeto. 1.1.3.- Fundamentos y requisitos legales. 1.1.4.- Efectos. 1.2.- MEMORIA INFORMATIVA 1.2.1.- Ámbito y superficies. 1.2.2.- Características del solar. 1.2.3.- Estructura de la propiedad. 1.2.4.- Referencia al planeamiento. 1.3.- MEMORIA JUSTIFICATIVA 1.3.1.- Conveniencia y oportunidad. 1.3.2.- Fines y objetivos. Justificación de la ordenación. 1.3.3.- Propuesta de reordenación de volúmenes. 2.- NORMAS URBANÍSTICAS El presente documento refundido Plan Especial propone una ordenación urbanística en la que se ordene volumétricamente el edificio sito en calle Campos, n.º 9, de Cartagena. Estas normas tienen por objeto establecer las determinaciones precisas para la legal ejecución y edificación del Plan Especial. En las presentes normas urbanísticas se recogen las determinaciones que son vinculantes en la edificación futura, como son, la ordenación volumétrica representada en los planos de ordenación, sus envolventes y fachada. Se llevará a cabo lo dispuesto en los artículos 149, 150 y 151 del vigente PEOPCH, así como, lo dispuesto en su Modificación nº 2, en su Art. 154.4. En líneas generales, se tendrá en cuenta en el proyecto de edificación lo siguiente: - El fondo máximo edificable es 20 metros, se especifica para plantas distintas de la baja, aclarando que en dicha planta baja no existe limitación de fondo máximo (se podrá ocupar su totalidad) siempre que su uso sea no residencial de acuerdo con el art. 96.1 PEOPCH. Condición del informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Vivienda de fecha 7 diciembre 2011. - La altura máxima del edificio se establece en bajo + 4 + Ático. Se suprime cualquier elemento visible desde la calle que sobrepase la altura referenciada, proyectándose un modelo de ascensor sin cuarto de maquinarias a tal efecto. - Retranqueo de la Planta de ático 3,97 metros de la a de la alineación oficial de fachada, por respeto al edificio catalogado colindante de la parcela 79377-10. - La superficie máxima de la envolvente de la planta ático es de 108,92 m². 3.- PROGRAMA DE ACTUACIÓN. 4.- ESTUDIO ECONÓMICO-FINANCIERO 5.- CONCLUSIÓN 6.- DOCUMENTACIÓN GRÁFICA PLANOS A01.- SITUACIÓN Y OBJETO DEL PLAN ESPECIAL OBJETO DEL PLAN ESPECIAL COMPENSACIÓN POR HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS (no se modifica) A02.- ANTECEDENTES: PLANTAS NO VINCULANTES SEGÚN PROYECTO CON LICENCIA MA2007-00291 (no se modifica) A03.1.- PLANTA ÁTICO DE COMPENSACIÓN ENVOLVENTE VINCULANTE PROPUESTA (no se modifica) A03-2.- PLANTA ÁTICO DE COMPENSACIÓN ENVOLVENTE VINCULANTE PROPUESTA DISTRIBUCIÓN NO VINCULANTE ( no se modifica) A04.- FACHADA SEGÚN PROYECTO CON LICENCIA MA2007-00291 FACHADA VINCULANTE CALLE CAMPOS N.º 9 (no se modifica) A05.- FACHADA PROPUESTA ÁTICO EN EL PLAN ESPECIAL FACHADA VINCULANTE PROPUESTA (modificado) A06.- SECCIÓN ACOTANDO ALTURAS (modificado) A07.- SÓTANO CON RESTOS ARQUEOLÓGICOS (no se modifica) A08.- PLANTA CUBIERTAS (nuevo plano) ANEXO A LA NORMAS URBANÍSTICAS DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE PLAN ESPECIAL APROBADO PARA UNA EDIFICACIÓN EN CALLE CAMPOS N.º 9 (HOY N.º 7) DE CARTAGENA DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ANEXO: MEMORIA AMBIENTAL SIMPLIFICADA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SIMPLIFICADA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE PLAN ESPECIAL APROBADO PARA UNA EDIFICACIÓN EN CALLE CAMPOS N.º 9 (HOY N.º 7) DE CARTAGENA- DOCUMENTO REFUNDIDO. Contra esta resolución podrá interponer recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante este Excmo. Ayuntamiento en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la presente, o bien interponer directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Cartagena, 14 de noviembre de 2018.?La Coordinadora de Desarrollo Sostenible, Ángeles López Cánovas. A-041218-7234