Cartagena 11492 Aprobación definitiva del Cambio de Sistema, la designación del urbanizador, y la aprobación inicial del Programa de Actuación, en relación con la gestión de la U.A. n.º 2.1 del P.E.R.I. El Algar. Expte. GERP2006/24. Por Decreto del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Cartagena, dictado en fecha 6 de marzo de 2007, se aprueba definitivamente el Cambio de Sistema, la designación de urbanizador y la aprobación inicial del Programa de Actuación, presentado por Costa Cartago, S.L., en relación con la gestión de la U.A. n.º 2.1 del P.E.R.I. El Algar. No habiendo sido posible efectuar la notificación del referido Decreto, por el procedimiento ordinario a: Doña Encarnación Calderón Torrente. Lo que se hace público para su conocimiento y efectos haciéndole saber lo siguiente: 1.º) En cuanto a la aprobación definitva del Cambio de Sistema de Actuación U.A. 2.1 del P.E.R.I. del Algar, presentado por la Sociedad Costa Cartago, S.L., el acuerdo que se adopta es definitivo en la vía administrativa, si bien y aun así, contra esta resolución podrá interponer potestativamente recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante esta Gerencia Municipal de Urbanismo en el plazo de un mes, a partir de la presente publicación o directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cartagena. 2.º) En cuanto a la aprobación inicial del Programa de Actuación de la U.A. 2.1 del P.E.R.I. del Algar, presentado por la Sociedad Costa Cartago, S.L., comunicarle que dicho proyecto permanecerá expuesto al público en la Oficina de Información Urbanística sita en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo en calle Ronda Ciudad de La Unión, n.º 4, a fin de que si lo estima oportuno, presente las alegaciones que estime pertinentes a su derecho en el plazo de quince días, a partir de la publicación del presente. Cartagena, 10 de julio de 2007.¿El Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Agustín Guillén Marco. ¿¿