¿OC¿ Cartagena ¿OF¿¿SUC¿ 1830 Aprobación definitiva del Plan Especial Auditorio de Cartagena. ¿SUF¿¿TXC¿ En la sesión celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día cuatro de agosto de dos mil tres, se adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial Auditorio de Cartagena en terrenos situados al Este del Muelle Alfonso XII de la Dársena de Cartagena, redactado por los Servicios Técnicos Municipales. «ORDENANZAS REGULADORAS DEL PLAN ESPECIAL AUDITORIO DE CARTAGENA. 4. NORMAS URBANÍSTICAS. 4.1.- CUANTIFICACIONES Y CONDICIONES PARA LA EDIFICACIÓN. Superficie total del ámbito: 17.000 m² Superficie del área de movimiento de la edificación: 6.300 m² s/rasante (se permite la ocupación bajo rasante fuera de este área de movimiento, sin perjuicio de la urbanización del espacio libre circundante) Volumen edificable máximo: 71.500 m³ s/rasante Uso: AUDITORIO Y PALACIO DE CONGRESOS Altura máxima: 16 metros. ÍNDICE DE DOCUMENTOS 1.- DISPOSICIONES GENERALES. 1.1.- Naturaleza y ámbito. 1.2.- Efectos. 1.3.- Formulación e iniciativa. 2.- MEMORIA 2.1.- Antecedentes. 2.2.- Información urbanística. 2.2.1.- Situación y características generales. 2.2.2.- Descripción del Proyecto de Auditorio y Palacio de Congresos. 2.2.3.- Planeamiento vigente. 2.2.4.- Estado actual de los terrenos y afecciones. 2.2.5.- Infraestructuras existentes 2.3.- Necesidad y oportunidad del Plan Especial. 2.4.- Propuesta de Ordenación. 2.4.1.- Objetivos y Criterios de la Ordenación. 2.4.2.- Ordenación propuesta. 2.5.- Cuantificaciones. 2.6.- Justificación de la conexión con las redes de infraestructuras. 3.- PLANOS. 4.- NORMAS URBANÍSTICAS. 5.- PROGRAMA DE ACTUACIÓN. 6.- ESTUDIO ECONÓMICO-FINANCIERO. ANEXOS. - Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena de 4 de abril de 2000 de inicio de expediente de cesión de parcela en Muelle Alfonso XII para construcción de Auditorio Municipal. - Informe de la Dirección General de Cultura de 10 de octubre de 2002 sobre Proyecto Básico de Auditorio y Palacio de Congresos en Muelle Alfonso XII de Cartagena. Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el art.º 70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local, contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante este Excmo. Ayuntamiento en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente comunicación o bien podrá interponer directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Cartagena, 13 de noviembre de 2003.¿La Alcaldesa, P.D. ¿TXF¿ ¿¿