IV. Administración Local Caravaca de la Cruz 6371 Anuncio sobre estimación parcial del recurso de reposición interpuesto contra las bases generales y específicas de los procesos extraordinarios de estabilización de personal temporal y dejar sin efecto las resoluciones que aprobaron las bases generales y específicas. Por Resolución de la Alcaldía número 3.456, de fecha 16 de noviembre de 2022, se estima parcialmente el recurso de reposición interpuesto por doña Josefa Martínez de Gea, afectando a lo siguiente: • Diferente límite máximo de puntuación establecido para la Administración convocante, el Ayuntamiento de Caravaca y su sector público institucional, y el resto de Administraciones, por lo que la puntuación máxima a alcanzar tanto en los servicios prestados en el Ayuntamiento de Caravaca como en otras Administraciones debe ser el mismo: los 45 puntos, que pueden obtenerse por este mérito. • Diferente valoración en función de cuál sea la Administración en la que se han prestado los servicios, por no respetar lo “tolerable”, debiendo reducirse el margen de diferencia de puntuación. Y, en la Resolución de la Alcaldía numerada anteriormente, se deja sin efecto las Resoluciones de la Alcaldía n.º 1.390, de fecha 28.04.22 y n.º 2.074, de fecha 01.07.22, sobre las Bases generales que regulan los procesos selectivos de estabilización, de carácter extraordinario y excepcional de empleo temporal, en el Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz y las Resoluciones de la Alcaldía n.º 2.422 y la n.º 2.423 de fecha 29.07.22 sobre las Bases específicas que regulan los procesos selectivos de estabilización, de carácter extraordinario y excepcional de empleo temporal, en el Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz. Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, don José Francisco García Fernández, a fecha de firma electrónica. En Caravaca de la Cruz, 23 de noviembre de 2022.—El Alcalde, José Francisco García Fernández. A-091222-6371