Calasparra 11296 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por asistencia a escuela municipal infantil ¿Colores¿. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de fecha 26-06-2008 sobre la modificación de la Ordenanza fiscal Reguladora de la Tasa por Asistencia a Escuela Municipal Infantil ¿Colores¿, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 1.º En uso de las facultades contenidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 en relación con los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por asistencias a Escuela Municipal Infantil ¿Colores¿. Artículo 3.º 2. La cuota tributaria se determinará en aplicación de las siguientes Tarifas CONCEPTO IMPORTE 1. Cuota anual inscripción 20,00 ¿ 2. Asistencias/mes 76,00 ¿ Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia. En Calasparra a 25 de agosto de 2008.¿El Alcalde, Jesús Navarro Jiménez. ¿¿