IV. Administración Local Bullas 13484 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento Orgánico Municipal. Elevado a definitivo, por ausencia de reclamaciones el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, adoptado en sesión ordinaria del día 31 de julio de 2013, por el que se aprobó inicialmente la Modificación del Reglamento Orgánico Municipal, de acuerdo con lo previsto en los artículo 49 y 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento en el plazo de un mes a partir de la publicación en el B.O.R.M., o bien, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde esa misma publicación. MODIFICACIONES AL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL ?Artículo 8.º- Desarrollo de los debates. ... 3.- Propuestas de acuerdo de los Grupos Municipales: Expuesto el tema por el Sr. Alcalde, sin perjuicio del sentido del dictamen, en su caso, el debate se desarrollará conforme a las siguientes normas: - Primer turno de palabra: Intervendrá en primer lugar el Grupo Municipal proponente, a continuación, el resto de los Grupos Municipales, de menor a mayor representación corporativa. Las intervenciones de este primer turno de palabra no deberán superar los diez minutos de duración. - Segundo turno de palabra: El debate se entenderá concluido ordinariamente con el primer turno de palabra, pero si algún Grupo Municipal así lo pidiera, se procederá a abrir un segundo turno de palabra, en el que intervendrán los Grupos Municipales que así lo deseen, por orden de menor a mayor representación corporativa, excepto el Grupo proponente que intervendrá en último lugar. Las intervenciones que tengan lugar en este turno de palabra, que en todo caso pondrá fin al debate, no deberán ser superiores a cinco minutos.? Bullas, 18 de septiembre de 2013.?El Alcalde, Pedro Chico Fernández. A-260913-13484