IV. Administración Local Bullas 2924 Precio público por prestación de los servicios de sensibilización ambiental, control de accesos y vigilancia en el paraje Salto del Usero. Mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria de 29 de mayo de 2024, se ha aprobado, con arreglo a lo previsto la Ordenanza General reguladora de Precios Públicos, el precio público que se indica: Precio público por prestación de los servicios de sensibilización ambiental, control de accesos y vigilancia en el paraje Salto del Usero Artículo 1. Objeto De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la vigente Ordenanza General reguladora de los Precios Públicos del Ayuntamiento de Bullas, se establece el precio público por los servicios de sensibilización ambiental, control de accesos y vigilancia en el paraje Salto del Usero, de conformidad con el presente Texto Regulador del Precio Público. Artículo 2. Obligados al pago Están obligados al pago del precio público aquí regulado quienes, durante la temporada comprendida entre el 1 de junio y el 15 de septiembre de cada año natural, accedan al paraje “Salto del Usero” mediante el sistema de reservas establecido al amparo del artículo 3.c de la Ordenanza municipal para la protección de los espacios naturales de la cuenca alta del Río Mula. Artículo 3. Cuantía El importe del precio público se fija en la cantidad de 0,83 euros, IVA excluido (1,00 IVA incluido). Artículo 4. Cobro del precio público El pago se efectuará al tiempo de realizar la reserva a través de la plataforma electrónica de gestión. En ningún caso se admitirá el pago en metálico en el punto de control acceso al paraje “Salto del Usero”. Artículo 5. Remisión normativa El presente precio público se regirá, en todo lo no previsto en el presente texto regulador, por la Ordenanza General de Precios Públicos y por la normativa a la que la esta última se remite. Artículo 6. Entrada en vigor El presente precio público entrará en vigor el día siguiente de la publicación de este texto en el Boletín Oficial de la Provincia, y continuará en vigor hasta su modificación o derogación. Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, pudiendo los interesados interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, dentro del plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.b) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Contra el acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Órgano Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente publicación. Bullas, 30 de mayo de 2024.—La Alcaldesa-Presidenta, María Dolores Muñoz Valverde. A-100624-2924