IV. Administración Local Bullas 445 Anuncio de aprobación definitiva de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 25/11/2021, aprobatorio de la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por ocupación de la Vía Pública, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA: “Disposición Transitoria. Se establece hasta el 31 de diciembre de 2022, la exención de las tasas aplicables en virtud del epígrafe 4 de la Ordenanza correspondiente a ‘la ocupación de las vías y terrenos de uso público con mesas, sillas, veladores, tribunas, tablados y cualesquiera otros elementos de naturaleza análoga instalados con finalidad lucrativa.” Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia con sede en Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Bullas, 25 de enero de 2022.—La Alcaldesa, María Dolores Muñoz Valverde. A-030222-445