IV. Administración Local Bullas 5845 Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el uso de instalaciones deportivas municipales y prestación de servicios deportivos. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Bullas, de fecha 30 de enero de 2013, sobre la modificación de Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, cuyo texto íntegro modificado se hace público en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. ?1.- Se modifica la denominación de la Ordenanza, que pasa a ser ?Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el uso de instalaciones deportivas municipales y prestación de servicios deportivos?. 2.- Se suprime la diferenciación de tasas por la actividad de Gerontogimnasia en Bullas y La Copa, estableciéndose una tarifa única por importe de 5,00 ?/mes. 3.- Se reordena el apartado ?Actividades Docentes? que pasa a quedar como sigue: Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región. Bullas, 10 de abril de 2013.?El Alcalde, Pedro Chico Fernández. A-180413-5845