IV. Administración Local Bullas 14021 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el Servicio de Centro de Atención a la Infancia. El Pleno del Ayuntamiento de Bullas, en sesión ordinaria de fecha 5 de junio de 2012, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el Servicio de Centro de Atención a la Infancia. No habiéndose presentado reclamaciones dentro del plazo establecido para ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicha modificación se entiende definitivamente aprobada, procediéndose a publicar su texto que es el que sigue: Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el Servicio de Centro de Atención a la Infancia ?Se incluyen en el artículo 6 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el Servicio de Centro de Atención a la Infancia los siguientes apartados: Incluir en el artículo 6.º los siguientes apartados: CONCEPTO IMPORTE Matrícula 50,00 ?/ dos trimestres del curso 25,00 ?/ un trimestre del curso Cuota de reserva de plaza 50,00 ?/mes Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso?administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, sin perjuicio de la entrada en vigor de la modificación desde el día siguiente a la fecha de su publicación Bullas, a 25 de septiembre de 2012. El Alcalde, Pedro Chico Fernández. A-031012-14021