IV. Administración Local Bullas 18567 Aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales 2011. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Bullas de fecha 28 de septiembre de 2011, sobre la modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas: - Tasa por el Servicio de Centro de Atención a la Infancia - Tasa por la prestación del Servicio de Escuela de Música Municipal - Tasa por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos El texto íntegro modificado se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Las modificaciones aprobadas, son las siguientes: Tasa por el Servicio de Centro de Atención a la Infancia: Incluir en el Artículo 6 las siguientes tarifas: ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES TALLER DURACIÓN PRECIO MES Manualidades 9 meses y medio 30 ? Apoyo y refuerzo Mes y medio 25 ? Educación Vial Mes y medio 20 ? Música y expresión corporal Mes y medio 20 ? Cuentos Un mes 20 ? Psicomotricidad Mes y medio 20 ? Relajación Un mes 20 ? Lecto-escritura Mes y medio 25 ? TARIFAS ESPECIALES VERANO JULIO Horario Precio Medio Mes 8:00 a 9:00 10 ? 8:30 a 9:00 5 ? 9:00 a 14:00 (sin comida) 60 ? 9:00 a 14:00 (con comida) 75 ? 9:00 a 15:00 (con comida) 80 ? AGOSTO Horario Precio Medio Mes 9:00 a 13:00 (sin comida) 50 ? Respecto al servicio de conciliación, desaparece la tarifa de 18 a 19 horas, con merienda????40,00 ?/mes, y en días sueltos de 18 a 19 horas, ?.1 ?/día. Tasa por la prestación del Servicio de Escuela de Música Municipal: Se modifica el artículo 6.º, quedando establecida como sigue: Artículo 6 Cuota Anual de enseñanza por persona: · Curso de iniciación infantil (de 3 a 5 años)............................180,00 ? · Curso de iniciación infantil (de 6 a 7 años)............................180,00 ? · Curso Preparatorio..............................................................180,00 ? · Cursos 1.º y 2....................................................................º255,00 ? · Cursos 3.º y 4....................................................................º285,00 ? · Cursos 1.º a 4.º coro y banda?????????????. 90 ?/curso · Perfeccionamiento: 35?/mes (media hora de instrumento a la semana) 70 ?/mes (una hora de instrumento a la semana) + 20 ?/mes (lenguaje musical) + 30 ?/mes (piano complementario) +10 ?/mes (banda) Bonificaciones: 1. En el estudio del 2.º instrumento en el mismo curso, se bonificará el 50% de la cuota. 2. El segundo miembro de la unidad familiar, tendrá un descuento de 27,00 ? de la cuota anual. A partir del tercer miembro, tendrá un descuento de 54,00 ? en la cuota anual. Tasa por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos: Se modifica en el artículo 6.º, el apartado correspondiente a Escuelas Deportivas Municipales, quedando establecido como sigue: Futbol (benjamin, alevin e infantil) 90,00 ?/curso Futbol (prebenjamin) 80,00 ?/curso Deportes equipo (Voleibol y Fútbol Sala) 80,00 ?/curso Deportes Indiv. (Generica, T.Mesa, Ajedrez, Atletismo, Aire Libre) 80,00 ?/curso Deportes Indiv. (Aerobic y Gimnasia Ritmica) - 15,00 ?/mes Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región. En Bullas, 28 de noviembre de 2011.?El Alcalde. A-051211-18567