IV. Administración Local Bullas 8267 Aprobación definitiva sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Transcurrido el plazo de exposición al público sin haberse presentado reclamaciones al acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación el día 27 de enero de 2010, de aprobación provisional sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se modifica el artículo cuarto, referente a exenciones, añadiendo un nuevo apartado con el siguiente contenido: h) Bonificación del 100% para vehículos históricos, o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de fabricación, o si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación, o en su defecto la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar. Se da publicidad al texto íntegro de la modificación, para su vigencia y a los efectos de posible impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación. Bullas, 3 de mayo de 2010.—El Alcalde, A-120510-8267