Bullas 17211 Aprobación definitiva de la Ordenanza de Caminos del Ayuntamiento de Bullas Transcurrido el plazo de exposición al público sin haberse presentado reclamaciones al acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación el día 27 de septiembre de 2.006, de aprobación provisional sobre la modificación de la Ordenanza de Caminos del Ayuntamiento de Bullas, queda elevado a definitivo y el artículo modificando queda redactado como sigue: Art. 11.1, y 11.2 y sus apartados a), b), c), d) y e): Artículo 11. 1.- Salvo que el Plan General Municipal, o cualquier otro instrumento de ordenación establezca otra limitación, ninguna construcción podrá situarse a menos de 10,00 m del borde exterior de la plataforma de un camino, o de su cuneta, en caso de que exista. 2.- No obstante, los vallados sencillos podrán situarse a las siguientes distancias mínimas: - Respecto a caminos de 1.ª Categoría: a 6,00 m del eje del camino. - Respecto a caminos de 2.ª y 3.ª Categorías: a 4,00 m del eje del camino. A estos efectos, se entenderá por vallado sencillo el compuesto por postes, tensores y malla metálica anclada directamente al terreno, o con un zócalo fijo de obra de una altura máxima de 20 cms. Si por necesidad de la actividad que se pretende cercar fuese preciso un vallado con un zócalo de mayor altura o diferente composición, los servicios técnicos municipales evaluarán la procedencia de incrementar, en su caso, la distancia respecto del eje del camino. Asimismo, en tanto no se elabore el inventario a que se refiere el Art. 2.3 de esta Ordenanza, y a efectos de aplicación de las distancias de vallado, se entenderá que un camino pertenece a una categoría cuando su perfil transversal se ajuste al definido en el Art. 1.2.a) o Art. 1.2.b), para los de 1.ª o 2.ª Categorías, perteneciendo el resto a la 3ª Categoría. Se da publicidad al texto íntegro de la modificación, para su vigencia y a los efectos de posible impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación. Bullas, 14 de diciembre de 2006.¿El Alcalde. ¿¿