IV. Administración Local Blanca 18876 Aprobación definitiva de ordenanza. El Pleno del Ayuntamiento de Blanca en sesión del 26 de Diciembre de 2012, ha aprobado de manera definitiva la modificación de la Ordenanzas Fiscal reguladora de la Tasa de Aprovechamiento especial de dominio público local a favor de empresas explotaras de suministros de interés general, por lo que para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica íntegramente el texto: MODIFICACION DE ORDENANZA REGULADORA DE TASA DE UTILIZACION PRIVATIVA.- APROVECHAMIENTO ESPECIAL DOMINIO PUBLICO LOCAL. Art. 10 Para la gestión de la tarifa 2.- del art. 7.º el devengo de la tasa establecida tendrá lugar el primer día del año, y el período impositivo anual, salvo en los supuestos de inicio o cese en los aprovechamientos, en cuyo caso el periodo impositivo se ajustará a dicha circunstancia con el consiguiente prorrateo de la cuota por trimestres naturales, incluyendo el de inicio o cese, respectivamente. Para la gestión de la tarifa 3.-del art. 7.º el devengo de la tasa establecida tendrá lugar el primer día del trimestre natural, y el período impositivo trimestral, salvo en los supuestos de inicio o cese en los aprovechamientos, en cuyo caso el periodo impositivo se ajustará a dicha circunstancia con el consiguiente prorrateo de la cuota por trimestres naturales, incluyendo el de inicio o cese, respectivamente. Contra los presentes Acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales Blanca, a 27 de diciembre de 2012.?El Alcalde, Rafael Laorden Carrasco. A-281212-18876