IV. Administración Local Blanca 4227 Anuncio de aprobación definitiva de modificación presupuestaria 29/2026, suplemento de crédito 5/2026. En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo Plenario de fecha 21 de julio de 2026, de aprobación de expediente de modificación presupuestaria n.º 29/2026, bajo la modalidad de suplemento de crédito n.º 5/2026 para financiar diferentes gastos, Altas aplicaciones de gastos N.º Partida Denominación Previsión anterior Modificación Total Presupuesto 1 2026-151-609 Inversiones. Edificios Públicos 26.081,09 € 2.000,00 € 28.081,09 € 2 2026-1532-619 Inversiones reposición. Parques y Jardines 10.914,56 € 2.331,09 € 13.245,65 € 3 2026-1531-622 Inversión reposición. Vías Públicas 45.000,00 € 40.000,00 € 85.000,00 € TOTAL  44.331,09 €   Esta modificación se financia con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos: Bajas en aplicaciones de gastos N.º Partida Denominación Previsión anterior Modificación Total Presupuesto 1 2026-330-635 Inversión Reposición. Teatro Victoria 10.964,00 € 964,00 € 10.000,00 € 2 2026-163-623 Inversión reposición. Maquinaria Servicio Vial 42,35 € 42,35 € - € 3 2026-432-632 Inversiones Turismo 20.632,28 € 421,05 € 20.211,23 € 4 2026-151-60901 Inversiones. Proyectos 13.200,00 € 132,00 € 13.068,00 € 5 2026-164-609 Inversiones. Nichos Cementerio 23.694,89 € 23.694,89 € - € 6 2026-43120-632 Inversiones. Mercado Abastos 43.426,80 € 1.076,80 € 42.350,00 € 7 2026-171-639 Inversión reposición. Polígono Industrial 200.173,56 € 18.000,00 € 182.173,56 € TOTAL  44.331,09 €   Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. Blanca, 25 de agosto de 2026.—El Alcalde, Ángel Pablo Cano Gómez. A-030926-4227