IV. Administración Local Beniel 2873 Aprobación definitiva de la modificación de ordenanzas fiscales para el año 2016. Habida cuenta que el Pleno del Ayuntamiento de Beniel, en sesión celebrada el día 21.01.16, adoptó acuerdo de aprobación provisional de modificación de Ordenanzas Fiscales para el año 2016, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y habiéndose elevado a definitivo dicho acuerdo, a continuación se transcriben íntegramente las modificaciones de las siguientes ordenanzas: 1.- TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURA. Se propone la modificación del artículo 7.2 de la ordenanza aplicando una variación de acuerdo con los nuevos informes técnico-económicos realizados por la empresa Sermubeniel, y aprobados por su Consejo de Administración, de forma en que se acredite el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 24.2 de la LRHL (esto es, que el importe de las tasas por la prestación de un servicio, no podrá exceder en su conjunto del coste del servicio o actividad que se trate). Quedando como sigue: 2.- Para la cuota tributaria se aplicará la siguiente tarifa mensual: EPÍGRAFE ? / mes VIVIENDAS DOMESTICOS. 11Ž17 Almacén y vivienda. 53Ž17 Almacenes en General. 42Ž00 Bar y Vivienda. 33Ž60 Bares y Tabernas. 28Ž00 Cafetería o Whiskería. 48Ž30 Cafetería, Whiskería y vivienda. 59Ž47 Industria. 210Ž00 Local Comercial. 16Ž10 Local y Vivienda. 27Ž27 Restaurante A y Vivienda. 105Ž00 Supermercado y vivienda. 85Ž40 Supermercados entre 300 m² y 500 m² 91Ž00 Supermercados de + de 500 m² 262Ž50 Local comercial toda clase de artículos entre 0 y 250 m² 140Ž00 Local comercial toda clase de artículos entre 250 m² + 500 m² 157Ž50 Local comercial toda clase de artículos + 500 m² 227Ž50 Bancos y cajas de ahorros. 315Ž00 Gasolineras. 38Ž50 Salones recreativos. 87Ž50 Farmacia. 42Ž00 Centros sanitarios (dentistas, podólogos, fisioterapia, médicos privados). 30Ž10 Centros docentes Gil de Junterón. 70Ž00 Locutorios. 42Ž00 Centro de Salud. 70Ž00 2.- TASA RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA. RETIRADA DEL VEHÍCULO INFRACTOR DE LA VÍA PÚBLICA Y TRASLADO AL DEPÓSITO MUNICIPAL 74 ? RETIRADA DEL VEHÍCULO INFRACTOR DE LA VÍA PÚBLICA SIN TRASLADO 60 ? ENGANCHE DEL VEHÍCULO INFRACTOR SIN RETIRADA 50 ? POR DÍA DE ESTANCIA DEL VEHÍCULO EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL 10 ? 3.- PRECIOS PRIVADOS POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DERIVADOS DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE. ... /... Conforme al régimen jurídico aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 23.10.07, se propone únicamente la modificación de las siguientes cuotas correspondientes a precios privados por la prestación de los servicios derivados del suministro de agua potable que gestiona la empresa mixta Sermubeniel, S.A., con efectos de 01.01.16, quedando sin variación el resto de tarifas: Se modifican las tarifas tributarias quedando como siguen: TARIFAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA AÑO 2016 CUOTAS DE SERVICIO TARIFAS AÑO 2016 DOMESTICOS 16,5713 euros/bimestre CUOTAS DE CONSUMO TARIFAS AÑO 2016 INDUSTRIAL De 0 a 14 m³ 1,492492 euros/metro cúbico De 15 a 30 m³ 1,826837 euros/metro cúbico De 30 a 200 m³ 2,703157 euros/metro cúbico Más de 200 m³ 3,178570 euros/metro cúbico De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, contra la modificación de las referenciadas ordenanzas se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el ?Boletín Oficial de la Región de Murcia?. Beniel, 23 de marzo de 2016.?La Alcaldesa-Presidenta, María Carmen Morales Ferrando. A-080416-2873