Beniel 23 Aprobación definitiva modificación Ordenanzas Fiscales para el año 2009. Habida cuenta que la Corporación, en sesión plenaria celebrada el día 30.10.08, adoptó acuerdo de aprobación provisional de modificación de Ordenanzas Fiscales, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, dicho acuerdo se eleva a definitivo. Transcribiéndose a continuación íntegramente la modificación de las mismas: 1.- TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURA. Se propone la modificación del artículo 7.2 de la ordenanza aplicando una subida de acuerdo con las previsiones de incremento del coste de los servicios de recogida de residuos sólidos urbanos y el depósito en vertedero autorizado quedando como sigue: 2.- Para la cuota tributaria se aplicará la siguiente tarifa mensual: EPÍGRAFES AÑO 2009 VIVIENDA 8?16 LOCAL COMERC. 9?77 BAR O TABERNA 16?31 SUPERMERCADO 45?69 ALMACEN 23?66 RESTAURANTE TIPO A 88?97 RESTAURANTE TIPO B 71?03 CAFETERÍA O WISKERIA 32?63 INDUSTRIA 88?97 2.- TASA POR LICENCIAS DE APERTURA. Se modifican las Cuotas mínimas aplicadas, quedando como siguen: CUOTAS MINIMAS APLICADAS ACTIVIDADES EXENTAS C.A. 185 euros ACTIVIDADES SUJETAS C.A. 395 euros 3.- TASA POR PRESTACION SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. Se modifican los importes de la siguiente tasa: - Tasa por utilización del salón de actos Casa Consistorial para celebración de enlace matrimonial: a) Cuando alguno de los contrayentes esté empadronado en Beniel 150 euros b) Cuando ninguno de los contrayentes esté empadronado en Beniel 300 euros Se establece un nuevo hecho imponible incluido dentro de las tasas por prestación de servicios administrativos consistente en: - Tasa por actividad administrativa iniciada y desarrollada con motivo de la prestación administrativa del servicio de inscripción en el Registro Municipal de Parejas de Hecho: Se establece el importe de dicha tasa en la cuantía de 30 euros. 4.- TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ALCANTARILLADO. Se modifican las tarifas tributarias quedando como siguen: TARIFAS DE SANEAMIENTO/ALCANTARILLADO PARA AÑO 2009 CUOTAS DE SERVICIO TARIFAS AÑO 2009 DOMESTICOS 3,50 Euros/Bimestre FAMILIA NUMEROSA 3,50 Euros/Bimestre PENSIONISTAS 3,50 Euros/Bimestre INDUSTRIAL 7,00 Euros/Bimestre CUOTAS DE CONSUMO TARIFAS AÑO 2009 DOMESTICOS CUOTA UNICA 0,161900 euros/metro cúbico FAMILIA NUMEROSA CUOTA UNICA 0,161100 euros/metro cúbico PENSIONISTAS CUOTA UNICA 0,161100 euros/metro cúbico INDUSTRIAL De 0 a 200 m³ 0,225600 euros/metro cúbico Más de 200 m³ 0,314200 euros/metro cúbico Conforme al régimen jurídico aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 23.10.07, se proponen las siguientes tarifas correspondientes a PRECIOS PRIVADOS POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DERIVADOS DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE que gestiona la empresa mixta Sermubeniel, S.A., con efectos de 01.01.09: TARIFAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA AÑO 2009 CUOTAS DE SERVICIO TARIFAS AÑO 2009 DOMESTICOS 7,75 Euros/Bimestre FAMILIA NUMEROSA 6,20 Euros/Bimestre PENSIONISTAS 6,20 Euros/Bimestre INDUSTRIAL 25,84 Euros/Bimestre CUOTAS DE CONSUMO TARIFAS AÑO 2009 DOMESTICOS De 0 a 14 m³ 0,969000 euros/metro cúbico De 15 a 30 m³ 1,275800 euros/metro cúbico Más de 30 m³ 2,067300 euros/metro cúbico FAMILIA NUMEROSA De 0 a 68 m³ 0,980500 euros/metro cúbico Más de 68 m³ 1,299400 euros/metro cúbico PENSIONISTAS De 0 a 14 m³ 0,484300 euros/metro cúbico De 15 a 30 m³ 0,649700 euros/metro cúbico Más de 30 m³ 2,119500 euros/metro cúbico INDUSTRIAL TARIFAS AÑO 2009 De 0 a 14 m³ 1,181300 euros/metro cúbico De 15 a 30 m³ 1,417600 euros/metro cúbico De 30 a 200 m³ 2,067300 euros/metro cúbico Más de 200 m³ 2,362600 euros/metro cúbico TARIFAS DE MANTENIMIENTO DE CONTADORES PARA AÑO 2009 CUOTA DE SERVICIO TODOS LOS CALIBRES 3,120 Euros/Bimestre De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, contra las referenciadas ordenanzas se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el ?Boletín Oficial de la Región de Murcia?. Beniel a 19 de diciembre de 2007.?El Alcalde-Presidente, Roberto García Navarro. ??