IV. Administración Local Archena 1047 Edicto de aprobación del calendario fiscal para el ejercicio 2026 del Ayuntamiento de Archena. Por acuerdo de la Junta Municipal de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Archena, celebrada en sesión ordinaria de 28 de enero de 2026, adoptó el acuerdo de aprobar el calendario fiscal para el año 2026 del Ayuntamiento de Archena, en el que contiene los periodos de cobranza de los tributos de vencimiento periódico para el presente año. Calendario fiscal 2026 Impuestos - Impuesto de vehículos: Del 6 de abril (lunes) al 3 de julio (viernes). Los recibos domiciliados serán cargados el 12 de junio (viernes). - IBI urbana: Del 6 de julio (lunes) al 4 de diciembre (viernes). * - IBI rústica: Del 6 de julio (lunes) al 4 de diciembre (viernes). * - IBI características especiales: Del 6 de julio (lunes) al 4 de diciembre (viernes). * - Impuesto sobre actividades económicas: Del 25 de septiembre (viernes) al 4 de diciembre (viernes) * * Los recibos domiciliados serán cargados el 9 de octubre (viernes). - Respecto los recibos acogidos al Plan Personalizado de Pago, serán cargados los días 5 de cada mes solicitado por los interesados o inmediato hábil posterior. Tasas - Entrada de vehículos: Del 6 de julio (lunes) al 4 de diciembre (viernes). Los recibos domiciliados serán cargados el 9 de octubre (viernes). - Lonja / Mercadillo: Los recibos serán emitidos de forma mensual de Enero a Diciembre. La fecha límite de pago en voluntaria será hasta el 5 del mes siguiente. Los recibos domiciliados serán cargados el 5 del mismo mes de su periodo. * - Escuela infantil: Los recibos serán emitidos de forma mensual de Enero a Diciembre, excepto el mes de Agosto. La fecha límite de pago en voluntaria será hasta el 20 del mes siguiente. Los recibos domiciliados serán cargados el 20 del mismo mes de su periodo. * - Escuela de música: Los recibos serán emitidos de forma mensual durante los meses de curso lectivo de la escuela La fecha límite de pago en voluntaria será hasta el 20 del mes siguiente. Los recibos domiciliados serán cargados el 20 del mismo mes de su periodo. * - Centro de día: Los recibos serán emitidos de forma mensual de Enero a Diciembre. La fecha límite de pago en voluntaria será hasta el 20 del mes siguiente. Los recibos domiciliados serán cargados el 20 del mismo mes de su periodo. * - Ayuda a domicilio: Los recibos serán emitidos de forma mensual de Enero a Diciembre. La fecha límite de pago en voluntaria será hasta el 20 del mes siguiente. Los recibos domiciliados serán cargados el 20 del mismo mes de su periodo. * *Si las fechas indicadas coinciden con día inhábil serán trasladadas al día hábil inmediato posterior. Así mismo, se hace constar que una vez formadas las matrículas y padrones fiscales correspondientes a los Recibos y a la Tasa por Entrada de Vehículos, serán publicados sus correspondientes aprobaciones por el organismo competente, quedando expuestos al público durante el plazo de un mes. Advertir a los obligados tributarios que, transcurrido el plazo de ingreso indicado en período voluntario, las deudas serán exigidas, en período ejecutivo, por el procedimiento de apremio, con los recargos legales, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, al tratarse de tributos de vencimiento periódico, al amparo de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 57/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. En Archena a 2 de febrero de 2026.—La Alcaldesa-Presidenta, Patricia Fernández López. A-090326-1047