¿OC¿ Archena ¿OF¿¿SUC¿ 451 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos y Limpieza Viaria para el año 2002. ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno del Ayuntamiento de Archena, en sesión de carácter extraordinario celebrada el día 14 de enero de 2002, por mayoría absoluta legal de sus miembros, adoptó el acuerdo de desestimar las alegaciones presentadas en el período de exposición pública y, en consecuencia, aprobar definitivamente la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos y Limpieza Viaria para el año 2002. Por lo que, en cumplimiento de lo preceptuado en el art. 17 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la publicación del texto íntegro de las modificaciones introducidas: ¿TASA REGULADORA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y LIMPIEZA VIARIA EPÍGRAFE TASA 2002 A.- VIVIENDAS A) VIVIENDAS 13,82 eur/Trim. B.- ALOJAMIENTOS B.1 PENSIONES Y CASAS DE HUESPEDES 46,88 eur/Trim. B.2 ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS 1* 117,20 eur/Trim. B.3 ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS DE MÁS 1* 117,20 eur/Trim. B.4) BALNEARIO DE ARCHENA 4.255,17 eur/Trim. C.- ALIMENTACIÓN C.1 TIENDAS DE ALIMENTACIÓN 60,10 eur/Trim. C.2 PESCADERÍAS, CARNICERÍAS Y SIMILARES 108,18 eur/Trim. C.3 ALMACENES MAYORISTAS 87,15 eur/Trim. C.4 AUTOSERVICIOS 108,18 eur/Trim. C.5 COMERCIOS Y SUPERMERCADOS QUE DEPOSITEN MAS DE 50 KGS. DIARIOS 1.652,78 eur/Trim. D.- RESTAURACIÓN D.1 BARES 60,10 eur/Trim. D.2 CAFETERÍAS Y PUBS 57,10 eur/Trim. D.3 RESTAURANTES 138,23 eur/Trim. E.- ESPECTÁCULOS E.1 CINES Y TEATROS 36,06 eur/Trim. E.2 SALAS DE FIESTAS Y DISCOTECAS 123,21 eur/Trim. F.- DIVERSOS F.1 TIENDAS EN GENERAL 36,06 eur/Trim. fotógrafos ópticas dietética lencerías todo 100 piensos video-club relojerías asaderos pollos ropa electrodomésticos; ferreterías floristerías regalo panaderías confiterías heladerías librerías estancos imprentas otras tiendas zapaterías F.2 DESPACHOS 36,06 eur/Trim. asesorías y seguros agencias portes agencias inmobiliaria agencias transportes academias F.3 FARMACÍAS 108,18 eur/Trim. F.4 TALLERES 66,11 eur/Trim. F.5 CENTROS OFICIALES 138,23 eur/Trim. cámara agraria institutos iberdrola F.6 RESIDENCIA MILITAR 1.544,60 eur/Trim. F.7 OFICINAS BANCARÍAS 150,25 eur/Trim. F.7 PREFABRICADOS Y CONSTRUCCIÓN 36,06 eur/Trim. F.8 PELUQUERÍAS 36,06 eur/Trim. F.9 DENTISTAS Y ANÁLISIS 57,10 eur/Trim. F.10 CARPINTERÍAS 57,10 eur/Trim. F.11 CRISTALERÍAS 57,10 eur/Trim. F.12 AUTOESCUELAS 57,10 eur/Trim. F.13 FÁBRICAS ALIMENTACIÓN 102,17 eur/Trim. conservas patatas F.14 FÁBRICAS ALIMENTACIÓN 84,14 eur/Trim. helados embutidos F.15 ALMACENES MUEBLES 57,10 eur/Trim. F.16 LAVADEROS 69,12 eur/Trim. F.17 GASOLINERAS 123,21 eur/Trim. F.18 QUÍMICOS 123,21 eur/Trim. F.19 FCA. MARMOL 36,06 eur/Trim. F.21 INDUSTRIAS QUE PRODUZCAN MAS DE 1 CONTENEDOR DE R.S.U. 901,52 eur/Trim. F.20 VIVIENDAS DESHABITADAS 6,01 eur/Trim¿. Disposición Transitoria: La presente Ordenanza, con sus modificaciones, entrará en vigor y comenzará su aplicación una vez publicada en el BORM, manteniéndose vigente hasta tanto no se acuerde su modificación o derogación; por lo que el día del devengo de las correspondientes tarifas, ahora modificadas, se ha de entender con referencia a dicha publicación, es decir, los recibos que se emitan para el primer trimestre del presente año, habrán de contener dos liquidaciones con distintas tarifas, una según precios aprobados para el año 2001, vigentes hasta la publicación de la presente modificación, y otra de acuerdo con los nuevos importes a partir de ésta¿. Contra la modificación de la Ordenanza publicada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia", conforme a lo previsto en el art. 19 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Archena a 15 de enero de 2002.¿El Alcalde-Presidente, Manuel-Marcos Sánchez Cervantes. ¿TXF¿ ¿¿