Archena ¿OF¿¿SUC¿ 12923 Aprobación definitiva Programa de Actuación y Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación n.º 4. ¿SUF¿¿TXC¿ Por Resolución de esta Alcaldía de 02-12-2002 han sido aprobados definitivamente el Programa de Actuación y el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación n.º 4- Residencial, a desarrollar por el sistema de cooperación y redactados por el Arquitecto D. Enrique Pérez Pinar y otros. Por lo que se procede a su publicación según lo dispuesto en los art. 173 y 176 de la Ley 1/2001 del Suelo de la Región de Murcia. La consulta del expediente y demás documentos podrá hacerse en la Oficina Técnica del Ayuntamiento. Asimismo se hace constar que la publicación del presente Edicto en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» servirá de notificación a aquellas personas interesadas en el expediente que no hayan sido notificadas personalmente por las causas consignadas en el art. 59 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común. Este acto pone fin a la vía administrativa, pudiendo formular contra el mismo Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que la hubiere dictado, en el plazo de 1 mes, si el acto fuese expreso o de 3 meses si no lo fuera El plazo para dictar y notificar la resolución del recurso será de 1 mes entendiéndose desestimado en caso contrario. No obstante lo anterior, el acto podrá ser recurrido directamente mediante Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de 2 meses, contados desde el día siguiente a da notificación o publicación, o en su caso, en el plazo que corresponda en los supuestos previstos en el art. 46 de la L.J.C.A. No obstante lo anterior, podrá ejercitar cualquier otro recurso o reclamación que estime conveniente (arts. 107 a 126 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre L.RJ.A.P.P.A.O. modificada por Ley 4/99 de 13 de enero y arts. 6 y 25 a 30 de Ley 29/98, de 13 de julio L.J.C.A.). En Archena, 4 de diciembre de 2002.¿El Alcalde-Presidente, Manuel M. Marcos Cervantes.