IV. Administración Local Archena 5398 Modificación puntual de las bases de convocatoria para la provisión de una plaza de Comisario Principal de la Policía Local de Archena. La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de fecha 07 de octubre de 2022, ha adoptado acuerdo de modificación puntual de las bases de convocatoria para la provisión de una plaza de Comisario Principal de la Policía Local de Archena, publicadas en el Boletín oficial de la Región de Murcia, número 177 de fecha 2 de agosto de 2022, en los siguientes términos: “Unico.- […] acordando la rectificación de las bases, como propone la secretaría, modificando las bases para suprimir la valoración de los méritos consignada en el apartado D) “Otros méritos” de la base octava, referida a su primer y segundo apartado que atribuye una puntuación de 0,20 puntos por cada año o fracción superior a seis meses por funciones de Jefatura en Cuerpos de la Policía Local de la Región de Murcia con categoría de Inspector o superior y de 0,40 puntos también por cada año o fracción superior a seis meses por funciones de Jefatura en el Cuerpo de la Policía Local de Archena con categoría de Inspector o superior y, manteniendo en todo lo demás el acto recurrido.” Por cuanto, donde dice: “D.- Otros Méritos (Máximo 4,00 puntos). Por cada año o fracción superior a seis meses realizando funciones de Jefatura en alguno de los Cuerpos de la Policía Local de la Región de Murcia con Categoría de Inspector o superior (se entiende por funciones de Jefatura el haber ejercido el puesto de Jefe del Cuerpo ya sea con plaza en propiedad o de forma accidental convenientemente acreditado). 0,20 puntos Por cada año o fracción superior a seis meses realizando funciones de Jefatura en el Cuerpo de la Policía Local de Archena, con Categoría de Inspector o superior (se entiende por funciones de Jefatura el haber ejercido el puesto de Jefe del Cuerpo ya sea con plaza en propiedad o de forma accidental). 0,40 puntos Por cada felicitación, condecoración, mención o agradecimiento, otorgados por intervenciones con motivo de la prestación de un servicio, mediante resolución o acuerdo de: Presidente de la Corporación Local, Junta de Gobierno Local, Pleno de la Corporación, así como las otorgadas por la Administración Regional, que consten en el expediente personal del interesado. Acreditada mediante certificación oficial de la Administración concedente. 0,50 puntos. Por cada condecoración otorgada por intervenciones en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, emitidas por el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil. (dichas condecoraciones deberán ser oficiales y haberse evidenciado mediante la correspondiente publicación o certificación oficial). 0,50 puntos. Debe decir: “D.- Otros Méritos (Máximo 4,00 puntos). Por cada felicitación, condecoración, mención o agradecimiento, otorgados por intervenciones con motivo de la prestación de un servicio, mediante resolución o acuerdo de: Presidente de la Corporación Local, Junta de Gobierno Local, Pleno de la Corporación, así como las otorgadas por la Administración Regional, que consten en el expediente personal del interesado. Acreditada mediante certificación oficial de la Administración concedente. 0,50 puntos. Por cada condecoración otorgada por intervenciones en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, emitidas por el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil. (dichas condecoraciones deberán ser oficiales y haberse evidenciado mediante la correspondiente publicación o certificación oficial). 0,50 puntos. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, alternativamente, recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BORM, ante el órgano que ha dictado el acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BORM, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En Archena, a 19 de octubre de 2022.—La Alcaldesa-Presidenta, Patricia Fernández López. A-261022-5398