IV. Administración Local Archena 1793 Aprobación inicial del padrón correspondiente al impuesto de vehículos de tracción mecánica del ejercicio 2022. Por acuerdo de la Junta Municipal de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Archena, en sesión ordinaria de 30 de marzo de 2022, adoptó, el acuerdo de aprobar inicialmente el padrón correspondiente al impuesto de vehículos de tracción mecánica del ejercicio 2022. Se expone al público en el Departamento de Gestión Tributaria, durante el plazo de un mes, para que pueda ser examinado por los interesados. Finalizado este periodo de exposición pública podrá interponerse ante el mismo órgano que lo ha dictado, recurso de reposición, regulado en los artículos 14 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 108 de la Ley 7/85 de 2 de Abril de Bases de Régimen Local, y arts. 22 y ss de la Ley 58/2003 General Tributaria de 17 de diciembre. No obstante, se podrá ejercitar cualquier otro recurso, que estime procedente. La interposición del recurso, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes y se entenderá desestimado cuando no haya recaído resolución en plazo. Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de nuevo este recurso, pudiendo los interesados interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso administrativo, en el plazo de 2 meses, todo ello sin perjuicio de los supuestos en los que la Ley prevé interposición de reclamaciones económico-administrativas contra actos dictados en vía de gestión de los tributos locales. La publicación de este edicto surtirá los efectos de notificación colectiva del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Asimismo se hace constar que, de no presentarse ningún recurso, en los términos señalados, el padrón será firme, y el plazo de ingreso en periodo voluntario será el comprendido entre los días 01 de abril hasta el 1 de julio de 2022, ambos inclusive. Los recibos domiciliados serán cargados en las cuentas bancarias indicadas por los contribuyentes el día 13 de junio de 2022. Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas pendientes de pago serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo enumerados en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. El documento de ingreso será enviado a cada uno de los domicilios de los contribuyentes afectados, si bien, todo aquél contribuyente que no lo haya recibido o lo haya extraviado, deberá retirar un duplicado, con anterioridad a la finalización del plazo establecido, en el Departamento de Rentas y Exacciones del Ayuntamiento de Archena en horario de lunes a viernes, de 8 a 13:30 horas. El pago se efectuará presentando el documento de ingreso en alguna de las Entidades Colaboradoras que figuran en el documento o a través de sus respectivas sedes electrónicas. Los contribuyentes pueden utilizar la domiciliación de pago, con arreglo a las normas del artículo 25.2 del Real Decreto 939/2005 de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo previsto en la vigente Ley General Tributaria. Lo firma digitalmente el Concejal delegado de Hacienda y Alcalde-Presidente en funciones desde el día 31 de marzo de 2022 al 2 de abril de 2022, Antonio José Palazón Guillamón, conforme al decreto de Alcaldía de 30 de marzo de 2022 y n.º 451. A-130422-1793