¿OC¿ Alhama de Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 2377 Aprobación definitiva del Plan Especial de Instalación Turística en el Paraje de Moriana. ¿SUF¿¿TXC¿ El Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Murcia. Hace Saber: Que por acuerdo del Pleno de la Corporación Municipal de fecha 24 de enero de 2005, se ha aprobado definitivamente el Plan Especial de Instalación Turística en el Paraje de Moriana, promovido por doña Juana García Sánchez, de conformidad al Proyecto Técnico redactado por el Arquitecto don Emilio A. Pérez Belda. Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 140 y concordantes de la Ley 1/2001, del Suelo de la Región de Murcia y artículo 52 de la Ley 7/85, a fin de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante el Pleno de la Corporación, con carácter previo al recurso contencioso­administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Asimismo, y de conformidad con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se publica el texto íntegro de las Ordenanzas de este Plan Especial, en los términos siguientes: «Los terrenos se ubican dentro de la Zona 13, Subzona 03, Arca 01 (Moriana). Concretándose la adecuación de lo proyectado a la Ordenanza de aplicación en el siguiente detalle: Posición de las edificaciones: Separación a linderos siempre superior a 3¿00 metros. Ocupación: Edificios existentes: Restaurante 90¿ 00 m2. Casa Rural 40¿00 m2. Suma 130¿00 m2. Edificios que se proyectan: Zona A (2 viviendas) 80¿00 m2. Zona B (1 vivienda) 40¿00 m2. Zona C (1 vivienda) 40¿00 m2. Zona D (1 vivienda) 40¿00 m2. Zona E (2 viviendas) 80¿ 00 m2. Zona F (2 viviendas) 80¿00 m2. Zona G (2 viviendas) 80¿00 m2. Zona H (2 viviendas) 80¿00 m2. Suma (13 viviendas) 520¿00 m2. Piscina 55¿00 m2. Resulta, por tanto, una ocupación de 705¿00 m2., equivalente al 8¿40%. Condiciones higiénicas: Todas las viviendas proyectadas disponen de ventilación natural en todas sus dependencias. Espacios libres en parcela: Espacio libre en parcela: 6.795¿00 m2. (90¿60%). Ocupación máxima: Según Ordenanza: 25¿00 Proyectada: 8¿40 Altura máxima edificable: Según la Ordenanza: Máxima de 5¿00 m. sin justificación. Proyectada: de 4¿00 m. a 5¿00 m. según tipo de edificio. Distancia mínima de edificaciones al parque natural: Según Ordenanza: 50¿00 m. Proyectada: siempre superior a 50¿00 m. Distancia mínima de edificaciones a carretera forestal: Según Ordenanza: 30¿00 m. Proyectada: siempre superior a 30¿00 m. Distancia mínima a viviendas cercanas: Según Ordenanza: 50¿00 m. Proyectada: siempre superior a 50¿00 m. Distancia mínima de vallado a eje de carretera: Según Ordenanza: 5¿00 m. Proyectada: siempre superior a 5¿00 m. Por último, al situarse todos los edificios en una vaguada con pendientes acusadas, no se produce ningún tipo de impacto negativo en el paisaje. Programa: El resultado obtenido es consecuencia de aplicar las necesidades que se estiman necesarias para satisfacer a la demanda esperada de restauración, vivienda y piscina, disminuidas en las cantidades de que ya se dispone en vivienda y restaurante. Por tanto, se considera necesaria la ampliación proyectada consistente en 13 nuevas viviendas rurales, y una piscina de ocio. Programa de necesidades de desarrollado: Viviendas: Cada vivienda consta de las siguientes estancias y superficies útiles: Porche de acceso 6¿75 m2. Estar-comedor-cocina 16¿00 m2. Dormitorio 10¿81 m2. Aseo 4¿80 m2. Suma 38¿36 m2. Siendo la superficie total construida de 40¿00 m2. Piscina: La piscina tiene una superficie útil de lámina de agua de 55¿00 m2. La superficie incluida la piedra de coronación es de 72¿00 m2. La zona de influencia vallada de piscina es de 200¿00 m2. Alhama de Murcia, 28 de enero de 2005.¿El Alcalde, Juan Romero Cánovas. ¿TXF¿ ¿¿