¿OC¿ Alhama de Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 1430 Aprobar el Convenio Urbanístico para el desarrollo de la Unidad de Ejecución ¿Las Palmeras¿. ¿SUF¿¿TXC¿ EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA, HACE SABER: Que el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión celebrada con fecha 31 de octubre de 2001, aprobó el Convenio Urbanístico para el desarrollo de la Unidad de Ejecución ¿Las Palmeras¿. Que con fecha 3 de enero de 2002, se ha suscrito el referido Convenio, entre el Presidente de la Junta de Compensación y esta Alcaldía. Que de conformidad con lo establecido en el art. 158.3. a), de la Ley 1/2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia, se hace público el contenido del citado Convenio, según el siguiente tenor literal: ¿I.- El Ayuntamiento de Alhama de Murcia (en lo sucesivo el Ayuntamiento), al que corresponde, en su municipio, la gestión urbanística general y que en dicho ámbito tiene las competencias que le reconoce La Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, y las normas que la complementan, tiene previsto el desarrollo urbanístico de la Unidad de Ejecución ¿Las Palmeras¿, delimitada en el Plan General de Ordenación Urbana de Alhama de Murcia en la Zona 03, Subzona 01, Area 03, a ejecutar mediante el Sistema de Compensación. II.- Los propietarios de los terrenos incluidos en dicha Unidad de Ejecución, se han constituido en Junta de Compensación, y en sesión de 8 de enero de 2001 adoptaron el cuerdo de aprobar por unanimidad el Proyecto de Compensación, redactado por el Ingeniero Técnico de Obras Públicas, D. Manuel Camacho Piñera, de remitirlo al Ayuntamiento de Alhama de Murcia, para su aprobación definitiva. III.- El Ayuntamiento de Alhama de Murcia y la Junta de Compensación, han mantenido conversaciones a fin de determinar y concretar el aprovechamiento que le pudiera corresponder como Administración Urbanística Actuante, en el marco de la Ley 6/1998, y Ley 1/2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia, y que concilien los intereses generales con los de los propietarios afectados. IV.- La Unidad de Ejecución ¿Las Palmeras¿, presenta unas peculiaridades en cuanto a la viabilidad de esta actuación, que determina que la cesión del aprovechamiento a la administración actuante sea del 5%, de conformidad con lo establecido en el art. 69.1 b) de la Ley del Suelo de la Región de Murcia. V.- Tanto los propietarios de los terrenos como el Ayuntamiento de Alhama de Murcia, han considerado la posibilidad de que el aprovechamiento que le corresponde a este último, sea entregado de modo efectivo no en parcelas de terreno, si no en obras de infraestructuras que completen la urbanización de la U.E. referenciada, el perímetro circundante y otras zonas próximas. VI.- Con estas bases y al amparo de lo establecido en el art. 158 de la Ley 1/2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia, el Ayuntamiento y la Junta de Compensación, han llegado al acuerdo que se desarrolla en las siguientes ESTIPULACIONES Primera.- El Ayuntamiento de Alhama de Murcia recibirá el aprovechamiento que legalmente le corresponde, equivalente al 5%, traducido en una aportación de 150.553,53 euros (25.050.000 pesetas), que realizará la Junta de Compensación en las obras, que se concretan en las siguientes actuaciones: 1.- Desvío, y en su caso soterramiento, de las líneas aéreas de media tensión que cruzan la Unidad de Ejecución. Se valoran las diferencias de coste de desviar las líneas y soterrarlas, en 18.030,36 euros (3.000.000 de pesetas). Si bien esta partida no es imputable directamente al Convenio, por ser una obligación legal de los propietarios. 2.- Soterramiento de dichas líneas hasta el exterior de la Unidad de Ejecución, incluida la línea de suministro de la Unidad hasta el Jardín del Calvario. Se valora la obra en 48.080,97 euros (8.000.000 de pesetas). Esta partida es imputable en su totalidad al Convenio. 3.- Mejora de la red de abastecimiento, ampliando la sección de la conducción en el exterior de la Unidad de Ejecución. Se proyecta cambiar una red de 200 ml. de fibrocemento de 50 mm. de diámetro por fundición dúctil de 150 mm., incluido el cauce de la Avda. Antonio Fuertes. Se valora la obra en 10.217,21 euros (1.700.000 pesetas). Esta partida es imputable al Convenio en un 50%. 4.- Mejora de la red de saneamiento, en un tramo del camino de la estación, ampliando el diámetro de la misma. Se proyecta cambiar una red de 300 mm. de diámetro en la C/ de la Estación, por una red de 500 mm. de diámetro. Se valora esta partida en 7.212,15 euros (1.200.000 pesetas). Esta partida es imputable al Convenio en un 50%.. 5.- Apertura de viales exteriores a la Unidad de Ejecución, completando las calles San Pedro y de las Viñas, y demolición de edificaciones existentes en estos viales. Se valora esta partida en 7.212,15 euros (1.200.000 pesetas). Esta partida es imputable en su totalidad al Convenio. 6.- Completar la urbanización del Parque de las Palmeras, con disposición de paseos, bancos, alumbrado, etc., a excepción de juegos infantiles. Se valorar las obras a realizar a 99.167,00 euros (16.500.000 de pesetas). Esta partida es imputable al Convenio en un 60%. 7.- Realización de una conducción de pluviales f 800 mm. desde la parte inferior de la N-340 hasta la calle de la Estación. Se proyecta la realización de una conducción de pluviales de 800 mm. de diámetro, con una longitud aproximada de 340 ml.. Se valora esta partida en 36.060,73 euros (6.000.000 de pesetas.) Esta partida es imputable al Convenio en un 50%. 8.- Mejora de Urbanización del Barrio colindante, Sagrada Familia, con reposición de pavimento con un precio máximo de 9.015,18 euros (1.500.000 pesetas) IVA incluido. Esta partida es imputable en su totalidad al Convenio, y que será ejecutada por el Ayuntamiento, y financiada por la Junta de Compensación, que hará ingreso efectivo en la Tesorería Municipal de dicha cantidad, previamente a la aprobación definitiva del Proyecto de Compensación. La suma total de la valoración de las obras a realizar, se fija en 234.995,73 euros (39.100.000 pesetas); siendo imputables al Convenio las obras correspondientes por un importe de 150.553,53 euros (25.050.000 ptas.). Segunda.- La Junta de Compensación presentará para la aprobación del Ayuntamiento el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución, que contendrá las obras propias de la Unidad, y las de infraestructuras complementarias, en los términos antes indicados. Tercera.- La Junta de Compensación tramitará y ejecutará la contratación de las obras de urbanización, y las complementarias, en los términos del Programa detallado que incluirá el Proyecto de Urbanización, y en todo caso, deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2003. Cuarta.- La Junta de Compensación depositará previamente a la aprobación definitiva al Proyecto de Compensación una fianza por un importe total de 150.553, 53 euros, (25.050.000 ptas.), desglosada del modo siguiente: un aval por importe de 141.538, 35 euros (23.550.000 ptas.), y un depósito en efectivo por importe de 9.015,18 euros (1.500.000 ptas.); y que ejecutará este Ayuntamiento en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas de este Convenio, en los casos de no realizar las obras en los plazos previstos, o de ejecución inadecuada. Quinta.- El Ayuntamiento de Alhama de Murcia no asumirá carga de urbanización alguna en la Unidad de Ejecución ¿Las Palmeras¿. Lo que se hace público para general conocimiento. Alhama de Murcia a 10 de enero del año 2002.¿El Alcalde, Jesús Caballero López. ¿TXF¿ ¿¿