IV. Administración Local Alguazas 18027 Aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Alguazas de fecha 4/10/2012, sobre modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa de cementerio, ocupación de la vía pública y por utilización de piscina e instalaciones deportivas municipales, que entrará en vigor el día 1 de enero de 2013, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. ?Ordenanza fiscal de la tasa de cementerio Artículo 6.º- Cuota tributaria. 6. Reserva de concesiones de ocupación de parcelas sencilla urbanizada de 2 metros de fachada: 750 ? parcela. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública Artículo 6.º3 Las tarifas de la tasa serán las siguientes: Tarifa 3: Por ocupación del dominio público con atracciones recreativas y análogos: CONCEPTOS TARIFA /DIA Atracciones de feria de adultos 13,00 ? Atracciones de feria infantiles 9,00 ? Remolques de tiro, caseta entretenimiento y asimilados 7,00 ? Puestos de venta 2,00 ? Puesto de palomitas, algodón y asimilados 3,00 ? Puestos de comida 8,00 ? Tarifa 5: Por ocupación del dominio publico con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, andamios y otras instalaciones análogas: -Por cada m² o fracción de ocupación, 0.60?/ mes, con una cuota mínima de 3 ?. Ordenanza reguladora de la tasa por utilización de piscina e instalaciones deportivas municipales Artículo 6.º- Cuota tributaria. D) Escuelas y actividades deportivas municipales (de octubre a mayo).   2 DÍAS A LA SEMANA Escuelas de iniciación (niños) 12,65 ?/mensual Tenis (niños) 14,81 ?/mensual Actividades deportivas (adultos) 15,81 ?/mensual Tenis 17,92 ?/mensual 1. Descuento por inscripción de 2 o mas menores de la misma unidad familiar:   2 DÍAS A LA SEMANA Escuelas de iniciación (niños) 11,39 ?/mensual Tenis (niños) 13,33 ?/mensual 2. Descuento por pago de cuatrimestre:   2 DÍAS A LA SEMANA Escuelas de iniciación (niños) 40,48 ? Tenis (niños) 47,39 ? Actividades deportivas (adultos) 50,59 ? Tenis 57,34 ? 3. Descuento por pago completo:   2 DÍAS A LA SEMANA Escuelas de iniciación (niños) 70,84 ? Tenis (niños) 82,94 ? Actividades deportivas (adultos) 88,54 ? Tenis 100,35 ? E) Liga de aficionados (de octubre a mayo). Liga de Aficionados de F-7 650? inscripción + 100? fianza Liga de Aficionados de tenis 21 ? E) Gerontogimnasia (de octubre a mayo). 3 DÍAS A LA SEMANA Gerontogimnasia pensionistas 20? cuatrimestre   30? curso completo Gerontogimnasia resto de usuarios 30? cuatrimestre   45? curso completo - El pago de actividades se realizará mediante domiciliación bancaria y en caso de devolución de recibos, las costas del procedimiento correrán por cuenta de los titulares.? Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En Alguazas, diciembre de 2012.?El Alcalde, José Antonio Fernández Lladó. A-141212-18027