¿OC¿ Alguazas ¿OF¿¿SUC¿ 9438 Aprobada definitivamente la Modificación de la Ordenanza Municipal sobre Construcciones Instalaciones y Obras. ¿SUF¿¿TXC¿ Aprobada definitivamente la Modificación de la Ordenanza Municipal sobre Construcciones Instalaciones y Obras, se inserta a continuación el texto íntegro de la misma: «ARTICULO 5.- Cuando se conceda la licencia (¿) : Edificios con uso principal de vivienda unifamiliar Euros/m2 a) Vivienda 394,43 b) Sótano, semisótano, garaje 177,49 c) Local planta baja uso no definido 118,33 d) Local planta alta adaptado a vivienda 197,20 e) Trasteros, almacenes y buhardillas sin tratar 236,65 f) Lavaderos, tendederos, barbacoas 138,05 Edificios con uso principal de vivienda comunitaria a) Vivienda comunitaria, buhardilla tratada y escalera 362,86 b) Sótano, semisótano, garaje 163,29 c) Local planta baja uso no definido 108,86 d) Local planta alta/oficinas 181,43 e) Trasteros, almacenes y buhardillas sin tratar 217,71 f) Lavaderos, tendederos, barbacoas 127,00 Otro tipo de edificaciones a) Local comercial o industrial 236,65 b) Oficinas, academias, despachos 362,86 c) Adaptación local a comercio 165,65 d) Nave agrícola o sin uso específico 98,61 e) Almacén de aperos de labranza 157,76 f) Construcción o nave destinada a uso industrial 98,61 Cuando se trate de un proyecto de «local (bajo) para uso propio» que no está incluido en un edificio de vivienda (s), se considera como almacén por lo que se debe valorar a 236,65 euros/m2. (¿) ». «ARTICULO 6, quedará como sigue: La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible determinada conforme el artículo 5 de la presente ordenanza el tipo de gravamen del 2,3%». Las bonificaciones que se incluirán serán: Una bonificación del 50% a favor de construcciones, instalaciones u obras referentes a las viviendas destinadas a jóvenes, dentro del Plan de Vivienda Joven de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes». Lo que se comunico para general conocimiento, advirtiendo que esta resolución es definitiva en vía administrativa pudiendo interponer recurso contencioso en el plazo de dos meses a partir de la presente notificación ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa competente de acuerdo con lo establecido en los artículos 8, 10 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de Julio de 1998. Alguazas, 16 junio de 2004.¿El Alcalde, José Antonio Fernández Lladó. ¿TXF¿ ¿¿