IV. Administración Local Aledo 6895 Anuncio de aprobación definitiva “Modificación Art. 9 Reglamento Orgánico regulador del Pleno”. Expte. 1365/2022 Habiendo quedado definitivamente aprobada la nueva redacción del art. 9.º del Reglamento Orgánico regulador del Pleno, se remite el texto de la misma para su publicación en el BORM para que se produzca su entrada en vigor, que no se producirá hasta que haya transcurrido el plazo de quince días hábiles que señala el art. 65.2.º Ley 7/1985 de Bases Régimen Local. Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Reglamento Orgánico regulador del Pleno.- - ART. 9.1.º La convocatoria de la sesión se notificará, junto con el orden del día, en los plazos indicados en el artículo anterior a los miembros de la Corporación por medios telemáticos en las direcciones electrónicas que hayan facilitado al efecto. - ART. 9.2.º Los miembros de la corporación están obligados a designar una dirección electrónica para la práctica de estas notificaciones. - ART. 9.3.º La notificación de la convocatoria a los miembros del resto de órganos colegiados del Ayuntamiento, se hará de la misma forma prevista para el Pleno, es decir, mediante dirección electrónica facilitada al efecto. En Aledo, a 22 de noviembre de 2023.—El Alcalde-Presidente, Francisco Javier Andreo Cánovas. A-011223-6895